EL PAIS
Juicio contra los hermanos Espaillat es aplazado tras solicitud de variar tipificación a homicidio voluntario
Santo Domingo. – La Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional dispuso el aplazamiento para el próximo viernes del juicio de fondo que se sigue en contra de los hermanos Antonio y Maribel Espaillat. La decisión fue tomada por el juez Franny González Castillo luego de que los abogados de los querellantes presentaran una formal solicitud para modificar la calificación jurídica del caso, pasando de homicidio involuntario a homicidio voluntario.
Durante la audiencia, el magistrado suspendió los debates con el objetivo de otorgar un plazo razonable a la defensa de los imputados para que pueda preparar sus argumentos y refutar el pedimento de los demandantes. Asimismo, el juez advirtió a los acusados que, en caso de acogerse el cambio de tipificación bajo la figura del dolo eventual, podrían enfrentar penas de hasta 30 años de prisión, una sanción considerablemente mayor a los dos años contemplados inicialmente en la acusación del Ministerio Público.
Solicitud basada en dolo eventual y remisión a tribunal colegiado
Los juristas Gregory Adames, Luis Aybar y Plinio Piña, quienes fungen como representantes de una querella alterna, solicitaron formalmente que los hermanos Espaillat sean juzgados amparándose en los artículos 295, 52, 59 y 60 del Código Penal. A este pedimento se sumó el abogado Jean Carlos Martínez, quien representa a otros querellantes y ha sostenido desde las etapas iniciales del proceso que los hechos deben analizarse bajo la doctrina del dolo eventual.
De acuerdo con los argumentos expuestos por los abogados, las pruebas testimoniales que han sido incorporadas y valoradas a lo largo del proceso justifican plenamente la revisión y el endurecimiento de la calificación con la que los imputados fueron enviados a juicio.
Como consecuencia directa de esta modificación, las víctimas solicitaron además al juez González Castillo que se aparte del conocimiento de la causa y remita el expediente a un tribunal colegiado. Los togados argumentaron que, al acogerse la nueva calificación jurídica, la eventual condena excedería los dos años de prisión, lo que automáticamente desplaza la competencia hacia una instancia colegiada.
