Connect with us
Anunciate en esta Pagina

EL PAIS

Contrataciones Públicas, Ética y Contraloría recomiendan cancelar a Adán Peguero, director del Inposdom

Published

on

La Dirección General de Contrataciones Públicas entregó este lunes los resultados de su investigación sobre el acuerdo del Instituto Postal Dominicano (Inposdom) y la compañía Mía Cargo Group, en el que recomendaron la destitución del director de la entidad, Adán Peguero.

"Frente a estos hallazgos la DGCP, la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República y la DIGEIG, recomendaron la destitución del director general de Inposdom y su consultor jurídico por haber incurrido en faltas graves", leía parte del informe.

Este mismo día Peguero hizo pública su solicitud al presidente de la República, Luis Abinader, pidiendo una licencia de sus funciones por las investigaciones que rodean al Inposdom, descartando además, que la actual directiva de ese organismo haya cometido delito alguno.

No obstante, en el referido reporte la DGCP dictaminó que el acuerdo con la empresa Mía Cargo Group es ilegal, sugiriendo que el mismo sea suspendido y se abra otro procedimiento de contratación de servicio.

Además, instaron a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) investigar a Mía Cargo Group sobre su historial en cuanto a mercancía transportada, desde su fundación hasta la actualidad.

Comunicado completo de las instituciones que le investigaron:

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) y la Unidad Antifraude de la Contraloría General de República, en actuación conjunta con la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), entregaron este lunes al presidente Luis Abinader, un informe de la investigación realizada al acuerdo suscrito entre el Instituto Postal Dominicano (INPOSDOM) y Mía Cargo Group.

En el informe, las entidades identificaron que, la firma del primer acuerdo bajo este tipo de modalidad ilegal, es de fecha 13 de noviembre del año 2008, entre el señor Modesto Guzmán, en representación del INPOSDOM, y la empresa Inversiones Tahití, S.A, que posteriormente devino en el acuerdo con la razón social Mía Cargo Group.

Según la investigación, esta alianza entre Mía Cargo Group e Inversiones Tahití pasó a tercerizar la especie del “acuerdo de exclusividad” que había suscrito con INPOSDOM en la gestión del señor Modesto Guzmán, lo que propició que a la llegada de la nueva gestión, encabezada por el ingeniero Adán Alberto Peguero de León, se excluyera a Inversiones Tahití, firmando el documento directamente con la anterior subcontratista, o tercero en la relación y agregándole nuevos actores, como en el caso del señor Jesús Solé, así como nuevas violaciones al debido proceso legal, que permiten establecer que dicho proceso de contratación se realizó al margen de la Ley 340-06, de Compras y Contrataciones y que tampoco se trata de un procedimiento de alianza público-privada.

En las indagatorias practicadas se obtuvo el documento de fecha 6 de septiembre de 2017, emitido por la DGCP, el cual contiene la opinión emitida a solicitud del ex director del INPOSDOM, Modesto Guzmán, en el que el órgano rector le señaló varias irregularidades, entre las que figuran, la selección irregular en la que había incurrido el INPOSDOM, al no haber realizado el proceso de selección establecido por la Ley 340-06, de lo que se desprende que ya existía un precedente sentado por el órgano competente respecto al tema.

En cuanto a la violación de la Ley 340-06 y su reglamento de aplicación 543-12, se comprobó que el contrato además de contener vicios de forma, toda vez que el mismo había sido elaborado y notariado en un país distinto al país en donde se encuentra el contratante y beneficiario principal del servicio, no fue debidamente apostillado, así como también vicios de fondo, inobservados por la máxima autoridad del INPOSDOM.

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) certificó en fecha 08 de noviembre del 2021, que no figura registrado en el Portal Transaccional ningún proceso de selección de proveedores, en ninguna de las modalidades del Sistema Nacional de Compras Públicas realizado por la unidad de compras del INPOSDOM asociado a alguna contratación con la empresa Mía Cargo, estableciendo que con su accionar, tanto su director, Adán Peguero, como su consultor jurídico, Joaquín Félix Santana, han dado continuidad a una mala práctica institucional, violatoria a la Ley 340-06.

Mediante un comunicado de prensa, las entidades plantean que el hecho de que la máxima autoridad del INPOSDOM no procurara agotar el debido procedimiento de ley para la contratación del servicio hizo que el Estado suscribiera un acuerdo con una empresa que, según la consulta practicada a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), no registra empleadores ni empleados, lo que permite establecer que la entidad contratante no validó su idoneidad para desempeñar la logística que amerita el trabajo a realizar, ni su legalidad.

Tras una verificación exhaustiva en los diferentes sistemas internos de la Contraloría General de la República también se comprobó que dicho contrato no agotó el ciclo establecido por el sistema de control interno establecido por la Contraloría, ni existía registro alguno respecto a la compañía Mía Cargo Group, lo cual deviene una violación a la Ley 10-07 y su reglamento de aplicación 491-07.

Frente a estos hallazgos la DGCP, la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República y la DIGEIG, recomendaron la destitución del director general de INPOSDOM y su consultor jurídico por haber incurrido en faltas graves.

Asimismo, recomendaron que sea suspendido en todos sus efectos el acuerdo suscrito entre el INPOSDOM y la empresa Mía Cargo Group, por estar manifiestamente contrario al ordenamiento legal y en ese mismo orden, se le ordene a la institución contratante a efectuar el procedimiento de contratación de servicio conforme el ordenamiento jurídico vigente.

Igualmente, exhortaron a que sea iniciada una investigación por ante la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) para que se profundice sobre el histórico de las mercancías transportadas a nivel nacional e internacional por Mía Cargo Group, desde su constitución, hasta los últimos días de contrato por ante el INSPOSDOM, dado los señalamientos y procesamientos penales de los que ha sido objeto su socio principal, el señor Diego Vestillero.

De igual modo, el informe ordena a la Contraloría General de la República a realizar una auditoría interna al Instituto Postal Dominicano desde el periodo comprendido entre el año 2008 a la fecha.


Articulos Recientes

EL MUNDO13 horas ago

¡Golpe al CJNG! EE. UU. sanciona a presunto nuevo líder del cártel tras la muerte de “El Mencho”

Washington. El Gobierno de Estados Unidos anunció sanciones contra Juan Carlos Valencia, señalado como presunto jefe del Cártel Jalisco Nueva...

EL PAIS13 horas ago

¡Menos paredes, más aprendizaje! Dominicanos colocan la calidad educativa como el gran reto del sistema escolar

Santo Domingo, República Dominicana. La calidad de los aprendizajes se convirtió en la principal preocupación de los dominicanos sobre el...

Home13 horas ago

¡Tres años esperando! Comunitarios de Sabana Perdida reclaman terminar saneamiento de la cañada Marañón

Santo Domingo Norte, República Dominicana. Residentes y organizaciones comunitarias de Sabana Perdida Norte exigieron a las autoridades la reanudación de...

El Cibao13 horas ago

Tragedia en Nueva Jersey: camión de basura arrolla a joven dominicano de Santiago mientras iba al trabajo

Union City, Nueva Jersey. Un joven dominicano oriundo de Santiago perdió la vida tras ser impactado por un camión recolector...

EL PAIS14 horas ago

¡A sacar músculo en casa! República Dominicana apuesta por siete deportes para conquistar medallas en los JCC 2026

Santo Domingo, República Dominicana. La delegación dominicana llega a los Juegos Centroamericanos y del Caribe Santo Domingo 2026 con sus...

DEPORTES14 horas ago

¡México llega con todo! Busca el tricampeonato en los Centroamericanos con una legión de campeones olímpicos

Santo Domingo, República Dominicana. México llegará a los Juegos Centroamericanos y del Caribe Santo Domingo 2026 con una poderosa delegación...

EL DINERO14 horas ago

¡El petróleo vuelve a encenderse! Conflicto en Oriente Medio dispara precios y encarece el transporte marítimo

Londres. La escalada del conflicto en Oriente Medio provocó este jueves un fuerte aumento en los precios internacionales del petróleo...

DEPORTES15 horas ago

¡A defender la casa! República Dominicana busca 140 medallas y mantener el quinto lugar en los JCC 2026

Santo Domingo, República Dominicana. La República Dominicana inicia los Juegos Centroamericanos y del Caribe Santo Domingo 2026 con una meta...

DEPORTES15 horas ago

¡A correr en casa! Marileidy Paulino llega a Santo Domingo 2026: fechas, horarios y cómo verla en la pista

Santo Domingo, República Dominicana. La velocidad dominicana tendrá uno de sus momentos más esperados en los Juegos Centroamericanos y del...

DEPORTES15 horas ago

¡La pista se viste de fiesta! Marileidy Paulino correrá ante su pueblo en Santo Domingo 2026

Santo Domingo, República Dominicana. La velocista dominicana Marileidy Paulino tendrá finalmente su esperado encuentro con la afición local durante los...

Facebook

La Dirección General de Contrataciones Públicas entregó este lunes los resultados de su investigación sobre el acuerdo del Instituto Postal Dominicano (Inposdom) y la compañía Mía Cargo Group, en el que recomendaron la destitución del director de la entidad, Adán Peguero.

"Frente a estos hallazgos la DGCP, la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República y la DIGEIG, recomendaron la destitución del director general de Inposdom y su consultor jurídico por haber incurrido en faltas graves", leía parte del informe.

Este mismo día Peguero hizo pública su solicitud al presidente de la República, Luis Abinader, pidiendo una licencia de sus funciones por las investigaciones que rodean al Inposdom, descartando además, que la actual directiva de ese organismo haya cometido delito alguno.

No obstante, en el referido reporte la DGCP dictaminó que el acuerdo con la empresa Mía Cargo Group es ilegal, sugiriendo que el mismo sea suspendido y se abra otro procedimiento de contratación de servicio.

Además, instaron a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) investigar a Mía Cargo Group sobre su historial en cuanto a mercancía transportada, desde su fundación hasta la actualidad.

Comunicado completo de las instituciones que le investigaron:

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) y la Unidad Antifraude de la Contraloría General de República, en actuación conjunta con la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), entregaron este lunes al presidente Luis Abinader, un informe de la investigación realizada al acuerdo suscrito entre el Instituto Postal Dominicano (INPOSDOM) y Mía Cargo Group.

En el informe, las entidades identificaron que, la firma del primer acuerdo bajo este tipo de modalidad ilegal, es de fecha 13 de noviembre del año 2008, entre el señor Modesto Guzmán, en representación del INPOSDOM, y la empresa Inversiones Tahití, S.A, que posteriormente devino en el acuerdo con la razón social Mía Cargo Group.

Según la investigación, esta alianza entre Mía Cargo Group e Inversiones Tahití pasó a tercerizar la especie del “acuerdo de exclusividad” que había suscrito con INPOSDOM en la gestión del señor Modesto Guzmán, lo que propició que a la llegada de la nueva gestión, encabezada por el ingeniero Adán Alberto Peguero de León, se excluyera a Inversiones Tahití, firmando el documento directamente con la anterior subcontratista, o tercero en la relación y agregándole nuevos actores, como en el caso del señor Jesús Solé, así como nuevas violaciones al debido proceso legal, que permiten establecer que dicho proceso de contratación se realizó al margen de la Ley 340-06, de Compras y Contrataciones y que tampoco se trata de un procedimiento de alianza público-privada.

En las indagatorias practicadas se obtuvo el documento de fecha 6 de septiembre de 2017, emitido por la DGCP, el cual contiene la opinión emitida a solicitud del ex director del INPOSDOM, Modesto Guzmán, en el que el órgano rector le señaló varias irregularidades, entre las que figuran, la selección irregular en la que había incurrido el INPOSDOM, al no haber realizado el proceso de selección establecido por la Ley 340-06, de lo que se desprende que ya existía un precedente sentado por el órgano competente respecto al tema.

En cuanto a la violación de la Ley 340-06 y su reglamento de aplicación 543-12, se comprobó que el contrato además de contener vicios de forma, toda vez que el mismo había sido elaborado y notariado en un país distinto al país en donde se encuentra el contratante y beneficiario principal del servicio, no fue debidamente apostillado, así como también vicios de fondo, inobservados por la máxima autoridad del INPOSDOM.

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) certificó en fecha 08 de noviembre del 2021, que no figura registrado en el Portal Transaccional ningún proceso de selección de proveedores, en ninguna de las modalidades del Sistema Nacional de Compras Públicas realizado por la unidad de compras del INPOSDOM asociado a alguna contratación con la empresa Mía Cargo, estableciendo que con su accionar, tanto su director, Adán Peguero, como su consultor jurídico, Joaquín Félix Santana, han dado continuidad a una mala práctica institucional, violatoria a la Ley 340-06.

Mediante un comunicado de prensa, las entidades plantean que el hecho de que la máxima autoridad del INPOSDOM no procurara agotar el debido procedimiento de ley para la contratación del servicio hizo que el Estado suscribiera un acuerdo con una empresa que, según la consulta practicada a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), no registra empleadores ni empleados, lo que permite establecer que la entidad contratante no validó su idoneidad para desempeñar la logística que amerita el trabajo a realizar, ni su legalidad.

Tras una verificación exhaustiva en los diferentes sistemas internos de la Contraloría General de la República también se comprobó que dicho contrato no agotó el ciclo establecido por el sistema de control interno establecido por la Contraloría, ni existía registro alguno respecto a la compañía Mía Cargo Group, lo cual deviene una violación a la Ley 10-07 y su reglamento de aplicación 491-07.

Frente a estos hallazgos la DGCP, la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República y la DIGEIG, recomendaron la destitución del director general de INPOSDOM y su consultor jurídico por haber incurrido en faltas graves.

Asimismo, recomendaron que sea suspendido en todos sus efectos el acuerdo suscrito entre el INPOSDOM y la empresa Mía Cargo Group, por estar manifiestamente contrario al ordenamiento legal y en ese mismo orden, se le ordene a la institución contratante a efectuar el procedimiento de contratación de servicio conforme el ordenamiento jurídico vigente.

Igualmente, exhortaron a que sea iniciada una investigación por ante la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) para que se profundice sobre el histórico de las mercancías transportadas a nivel nacional e internacional por Mía Cargo Group, desde su constitución, hasta los últimos días de contrato por ante el INSPOSDOM, dado los señalamientos y procesamientos penales de los que ha sido objeto su socio principal, el señor Diego Vestillero.

De igual modo, el informe ordena a la Contraloría General de la República a realizar una auditoría interna al Instituto Postal Dominicano desde el periodo comprendido entre el año 2008 a la fecha.

Exit mobile version