EL PAIS
La Pepca y la Cámara de Cuentas echan el pulso contra-atacándose
El CorreoRD. Santo Domingo. -La Cámara de Cuentas depositó ayer ante el Tribunal Constitucional (TC) una acción en conflicto decompetencia en la que solicita se declare que el Ministerio Público violó su autonomía funcional al exigirle, bajo amenaza de sometimiento judicial, realizar “auditorías e investigaciones especiales”. En la instancia, elevada por los abogados Eduardo Jorge Prats, Julio Cury y Francisco Franco, se solicita a la alta corte declarar que es competencia privativa de la Cámara de Cuentas “determinar lo relativo a los tiempos, forma y calendarización de los controles externos de las cuentas generales y particulares del Estado”. Los juristas sostienen que la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) invadió la potestad de autogobierno, organización y planificación de las políticas de control externo de la Cámara de Cuentas. Alegatos de ley Señalaron que los artículos 9, 10, 19, 33 y 34 de la Ley 10-04 prevén como competencia soberana y discrecional de dicho órgano determinar las entidades a las que someten a su control, y que esa potestad apenas admite la excepción del artículo 250.5 de la Constitución, que es realizar investigaciones especiales –no auditorías financieras ni de gestión- a requerimiento de una o ambas cámaras legislativas. Argumentaron que la intromisión del Ministerio Público en su esfera competencial “subió peligrosamente de punto” al requerir documentos internos, tales como audios de sesiones de pleno, cartas de sugerencias emitidas, informes de levantamiento del trabajo de campo de las auditorías realizadas. Concepto de autonomía Sin embargo, conforme han declarado los juristas, con esto el Ministerio Público perseguía “vaciar de contenido su autonomía funcional”, desconociendo que el artículo 35 de la Ley 10-04 dispone que las evidencias por ella recopiladas, una vez finalizada la auditoría o investigación especial, deben permanecer en sus archivos a cargo de la unidad responsable de la administración y custodia de los mismos. |