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Los “Maconi” fueron por lana y salieron traquilados

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Corte de Apelación aumenta penas

EL ÓRGANO ACUSADOR INDICÓ QUE ESTE DELITO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES 50-88 Y LA 155-17

La Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional revocó las sentencias emitidas en marzo de 2020 contra los implicados en la red de narcotráfico que lideraba Ernesto Bienvenido Guevara, también conocido como “Maconi”, y aumentó o impuso nuevas penas a cinco de los procesados.

En atención al pedimento del Ministerio Público, los jueces Rafael Báez García, Ramona Rodríguez y Carmen Mancebo revocaron la orden de libertad que favorecía a uno de los imputados, aumentaron los años de prisión para otros cuatro y ratificaron la condena a Maconi y otro acusado.

El Ministerio Público del Distrito Nacional, representado por las fiscales litigantes Aleika Almonte y María Silvestre, sustentó en audiencia su solicitud de sanciones más altas, de modo que resultaran proporcionales al delito cometido.

En consecuencia, la Corte aumentó de 15 a 20 años de prisión la pena contra Carlos Julio Cuesta, propietario del barco Kaluba, donde fueron transportados los 1,570.41 kilos de cocaína provenientes de Suramérica.

En tanto, José Antonio Quijada Salazar, capitán del barco, Silvio Ibarra Vega y Manuel Escobar Bolaños deberán cumplir 15 años de prisión y no 10 como fue el dictamen del Segundo Tribunal Colegiado de esta jurisdicción.

A Dante Wilfredo Medina, alias Dantico, quien había sido absuelto en primera instancia, le impusieron una pena de 15 años de prisión.

En cambio, la Corte ratificó los 20 años dictados contra Maconi, principal imputado en el caso, y los 12 años de Dante Meraldo Medina.

Ante el tribunal, las fiscales litigantes recordaron que la droga fue confiscada en el barco Kaluba, el 31 de diciembre de 2017, en el puerto de Sans Soucí.

El órgano acusador indicó que este delito constituye una violación a lo establecido en las leyes 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, y la 155-17, sobre el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

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La Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional revocó las sentencias emitidas en marzo de 2020 contra los implicados en la red de narcotráfico que lideraba Ernesto Bienvenido Guevara, también conocido como “Maconi”, y aumentó o impuso nuevas penas a cinco de los procesados.

En atención al pedimento del Ministerio Público, los jueces Rafael Báez García, Ramona Rodríguez y Carmen Mancebo revocaron la orden de libertad que favorecía a uno de los imputados, aumentaron los años de prisión para otros cuatro y ratificaron la condena a Maconi y otro acusado.

El Ministerio Público del Distrito Nacional, representado por las fiscales litigantes Aleika Almonte y María Silvestre, sustentó en audiencia su solicitud de sanciones más altas, de modo que resultaran proporcionales al delito cometido.

En consecuencia, la Corte aumentó de 15 a 20 años de prisión la pena contra Carlos Julio Cuesta, propietario del barco Kaluba, donde fueron transportados los 1,570.41 kilos de cocaína provenientes de Suramérica.

En tanto, José Antonio Quijada Salazar, capitán del barco, Silvio Ibarra Vega y Manuel Escobar Bolaños deberán cumplir 15 años de prisión y no 10 como fue el dictamen del Segundo Tribunal Colegiado de esta jurisdicción.

A Dante Wilfredo Medina, alias Dantico, quien había sido absuelto en primera instancia, le impusieron una pena de 15 años de prisión.

En cambio, la Corte ratificó los 20 años dictados contra Maconi, principal imputado en el caso, y los 12 años de Dante Meraldo Medina.

Ante el tribunal, las fiscales litigantes recordaron que la droga fue confiscada en el barco Kaluba, el 31 de diciembre de 2017, en el puerto de Sans Soucí.

El órgano acusador indicó que este delito constituye una violación a lo establecido en las leyes 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, y la 155-17, sobre el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

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