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EL PAIS

Tribunal revoca la licencia concedida al aeropuerto de Bávaro

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El Tribunal Superior Admi­nistrativo (TSA) revocó el permiso que otorgó el Ins­tituto Dominicano de Avia­ción Civil (IDAC) el 11 de agosto del 2020 construc­ción de un aeropuerto inter­nacional en Bávaro, provin­cia La Altagracia.

Por unanimidad, los jue­ces de la Segunda Sala del TSA, anularon el permi­so por considerarlo “lesivo para el interés general” del país.

El tribunal integrado por Antonio Sánchez Me­jía, Alina de Mármol y Ce­cilia Badía Rosario, acogie­ron un recurso contencioso administrativo interpues­to por el Instituto Domini­cano de Aviación (IDAC) el 19 de enero del 2021 por medio de los abogados Ra­fael Dickson Morales y Car­los González, en contra del acto administrativo núm. 2293, de fecha 11 de agosto del año 2020, emitido por el IDAC.

El IDAC alegó ante el tri­bunal que anuló la autori­zación de la pasada gestión porque se emitió sin cum­plir con estudios de viento; b) estudios de temperatu­ra exigidos para definir la dimensión de pista, por un período de 5 años, c) estu­dios que demuestren si el proyecto reduce, constriñe o limita la capacidad opera­tiva y comercial de los aero­puertos circundantes, y d) estudio relacionado al peli­gro de aves en zona donde hay tres vertederos.

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El Tribunal Superior Admi­nistrativo (TSA) revocó el permiso que otorgó el Ins­tituto Dominicano de Avia­ción Civil (IDAC) el 11 de agosto del 2020 construc­ción de un aeropuerto inter­nacional en Bávaro, provin­cia La Altagracia.

Por unanimidad, los jue­ces de la Segunda Sala del TSA, anularon el permi­so por considerarlo “lesivo para el interés general” del país.

El tribunal integrado por Antonio Sánchez Me­jía, Alina de Mármol y Ce­cilia Badía Rosario, acogie­ron un recurso contencioso administrativo interpues­to por el Instituto Domini­cano de Aviación (IDAC) el 19 de enero del 2021 por medio de los abogados Ra­fael Dickson Morales y Car­los González, en contra del acto administrativo núm. 2293, de fecha 11 de agosto del año 2020, emitido por el IDAC.

El IDAC alegó ante el tri­bunal que anuló la autori­zación de la pasada gestión porque se emitió sin cum­plir con estudios de viento; b) estudios de temperatu­ra exigidos para definir la dimensión de pista, por un período de 5 años, c) estu­dios que demuestren si el proyecto reduce, constriñe o limita la capacidad opera­tiva y comercial de los aero­puertos circundantes, y d) estudio relacionado al peli­gro de aves en zona donde hay tres vertederos.

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