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Política

¡Marcha atrás en el Congreso! Diputados derogan artículo del plan anticrisis que modificaba la recaudación del Fopetcons

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Santo Domingo, República Dominicana. La Cámara de Diputados aprobó este lunes, en dos lecturas consecutivas y de urgencia, el proyecto de ley que deroga el artículo 61 de la Ley 30-26, sobre Medidas Pro-Crecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional, conocida como el plan anticrisis.

Con esta decisión, se restablece la aplicación del artículo 4 de la Ley 6-86, devolviendo a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) la facultad de recaudar los fondos destinados al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de la Construcción (Fopetcons).

¿Qué cambiaba el artículo 61?

La disposición derogada establecía que la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) asumiría el control y la recaudación de los recursos del Fopetcons.

Esto incluía el cobro de:

  • El 1 % del valor de todas las obras públicas y privadas.
  • El 1 % del salario de los trabajadores del sector construcción.

Con la aprobación del proyecto, esa responsabilidad vuelve a estar en manos de la DGII, tal como lo establece la Ley 6-86.

También se restablece la administración del Fopetcons

La iniciativa dispone que se restablezca íntegramente el texto original del artículo 4 de la Ley 6-86, devolviendo además la administración de los pagos de pensiones al Consejo Técnico de Administración y Control de los Fondos del Área de la Construcción (Fopetcons).

El proyecto fue presentado por los diputados Rafael Castillo, Pedro Julio Alcántara y Amado Díaz.

Alfredo Pacheco respaldó la modificación

El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, defendió la aprobación de la iniciativa al considerar que el artículo 61 de la Ley 30-26 "distorsiona" el funcionamiento de una institución de gran importancia para el sector de la construcción.

Ahora, el proyecto deberá completar el proceso legislativo correspondiente para su entrada en vigor, con el objetivo de restablecer el esquema de recaudación y administración contemplado en la legislación original.


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Santo Domingo, República Dominicana. La Cámara de Diputados aprobó este lunes, en dos lecturas consecutivas y de urgencia, el proyecto de ley que deroga el artículo 61 de la Ley 30-26, sobre Medidas Pro-Crecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional, conocida como el plan anticrisis.

Con esta decisión, se restablece la aplicación del artículo 4 de la Ley 6-86, devolviendo a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) la facultad de recaudar los fondos destinados al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de la Construcción (Fopetcons).

¿Qué cambiaba el artículo 61?

La disposición derogada establecía que la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) asumiría el control y la recaudación de los recursos del Fopetcons.

Esto incluía el cobro de:

  • El 1 % del valor de todas las obras públicas y privadas.
  • El 1 % del salario de los trabajadores del sector construcción.

Con la aprobación del proyecto, esa responsabilidad vuelve a estar en manos de la DGII, tal como lo establece la Ley 6-86.

También se restablece la administración del Fopetcons

La iniciativa dispone que se restablezca íntegramente el texto original del artículo 4 de la Ley 6-86, devolviendo además la administración de los pagos de pensiones al Consejo Técnico de Administración y Control de los Fondos del Área de la Construcción (Fopetcons).

El proyecto fue presentado por los diputados Rafael Castillo, Pedro Julio Alcántara y Amado Díaz.

Alfredo Pacheco respaldó la modificación

El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, defendió la aprobación de la iniciativa al considerar que el artículo 61 de la Ley 30-26 "distorsiona" el funcionamiento de una institución de gran importancia para el sector de la construcción.

Ahora, el proyecto deberá completar el proceso legislativo correspondiente para su entrada en vigor, con el objetivo de restablecer el esquema de recaudación y administración contemplado en la legislación original.

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