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EL DINERO

¡Ni un peso más retenido! Tribunal Constitucional ordena al Banco Agrícola devolver RD$8 millones

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Santo Domingo. El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia que refuerza los límites legales sobre la retención de bienes y recursos económicos, al ordenar al Banco Agrícola devolver RD$8 millones que permanecían retenidos pese a que las medidas judiciales que justificaban esa garantía habían sido levantadas años atrás.

La decisión establece un precedente importante al recordar que ninguna institución pública puede mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que motivó su retención.

El dinero permaneció retenido tras finalizar el proceso

Los fondos fueron depositados por Roberto Michel como garantía económica dentro de un proceso penal seguido contra Yoeli Docena.

Sin embargo, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana emitió un auto de no ha lugar, ordenando el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese expediente.

A pesar de esa decisión judicial, los RD$8 millones nunca fueron devueltos, lo que llevó al afectado a iniciar un proceso que finalmente fue conocido por el Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional fija un precedente

Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional reiteró que las autoridades e instituciones estatales no pueden prolongar la retención de bienes o recursos cuando ya no existe una base legal que la sustente.

La alta corte recordó que el respeto al derecho de propiedad y al debido proceso obliga a las entidades públicas a devolver los bienes retenidos una vez desaparecen las razones jurídicas que motivaron la medida.

Una decisión que fortalece la seguridad jurídica

El fallo se suma a otras decisiones recientes del Tribunal Constitucional relacionadas con la devolución de bienes y garantías económicas retenidas durante procesos judiciales.

Con este criterio, el máximo intérprete de la Constitución busca fortalecer la seguridad jurídica, proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos y evitar que las instituciones mantengan recursos retenidos de manera indefinida tras la conclusión de los procesos penales.


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Santo Domingo. El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia que refuerza los límites legales sobre la retención de bienes y recursos económicos, al ordenar al Banco Agrícola devolver RD$8 millones que permanecían retenidos pese a que las medidas judiciales que justificaban esa garantía habían sido levantadas años atrás.

La decisión establece un precedente importante al recordar que ninguna institución pública puede mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que motivó su retención.

El dinero permaneció retenido tras finalizar el proceso

Los fondos fueron depositados por Roberto Michel como garantía económica dentro de un proceso penal seguido contra Yoeli Docena.

Sin embargo, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana emitió un auto de no ha lugar, ordenando el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese expediente.

A pesar de esa decisión judicial, los RD$8 millones nunca fueron devueltos, lo que llevó al afectado a iniciar un proceso que finalmente fue conocido por el Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional fija un precedente

Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional reiteró que las autoridades e instituciones estatales no pueden prolongar la retención de bienes o recursos cuando ya no existe una base legal que la sustente.

La alta corte recordó que el respeto al derecho de propiedad y al debido proceso obliga a las entidades públicas a devolver los bienes retenidos una vez desaparecen las razones jurídicas que motivaron la medida.

Una decisión que fortalece la seguridad jurídica

El fallo se suma a otras decisiones recientes del Tribunal Constitucional relacionadas con la devolución de bienes y garantías económicas retenidas durante procesos judiciales.

Con este criterio, el máximo intérprete de la Constitución busca fortalecer la seguridad jurídica, proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos y evitar que las instituciones mantengan recursos retenidos de manera indefinida tras la conclusión de los procesos penales.

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