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Presa Las Placetas va, rechazan recurso de ampara buscaba impedirlo

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El Correo. SANTIAGO.- La Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santiago desestimó la acción de amparo interpuesta por el movimiento ecologista “Tiempo Verde” en contra de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID) y el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en oposición al Proyecto de Desarrollo Hidroeléctrico Las Placetas, en San José de las Matas, provincia de Santiago. 

El tribunal, presidido por el magistrado Filoset Núñez Polanco, desestimó el recurso de amparo por considerar que: “Sin haber un acto arbitrario o ilícito que restrinja y amenace un derecho fundamental es claro que la presente acción de amparo es improcedente”. 

El juez Núñez Polanco valoró elementos como, el hecho de que “la obra todavía no está en ejecución”, que “existen los estudios y la licencia ambiental” y que “no se ha causado daño grave actual o inminente al medioambiente”. 

En sus motivaciones, el juez de amparo estableció que no fue demostrado científicamente el supuesto daño al medioambiente que ocasionaría la ejecución del proyecto hidroeléctrico. 

Tras tomar conocimiento de la sentencia, la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID) reiteró su compromiso con la protección del medioambiente y los recursos naturales, garantizando la sostenibilidad de sus proyectos, los cuales siempre estarán orientados a procurar el bien de toda la población a través de una integralidad que abarca los aspectos científicos y sociales. 

La sentencia consigna igualmente, que la EGEHID ha sido diligente en hacer una aclaración pública en las ediciones impresas de los periódicos Listín Diario, El Caribe y La Información, a través de la cual señala que la primera etapa del Proyecto Hidroeléctrico Las Placetas no ha sufrido ninguna modificación en cuanto a su diseño, oferta económica, licencia ambiental aprobada número DEA 150/09, debidamente renovada en 2021. 

En ese mismo orden, deja claro que lo que se encuentra en fase de estudio es la posible ampliación del proyecto, que incluiría un “Circuito de Generación 2”, el cual, de resultar factible y viable, requeriría la realización de estudios de impacto ambiental y posterior obtención de permisos ambientales. 

 Dicha aclaración, ponderó el juez, despejó cualquier amenaza de violación de los derechos fundamentales sobre el medioambiente.  

(En conjunto, ambos circuitos, producirían 204 megavatios de energía limpia). 

La sentencia civil número 0514-2022-SSEN-00069, con fecha del 22 de diciembre de 2022, hace referencia a la participación de Eleuterio Martínez como perito sugerido por el movimiento ecologista.  

“Respecto de su opinión de la licencia original, respondió que se aceptó para los 87 megavatios, dando a entender que el problema que observa es con relación a lo que se entiende como la segunda etapa propuesta”. “Es decir, que la Academia de Ciencias no observa negativamente el proyecto ajustado a la licencia original en las condiciones dada en ese momento”, agrega refiriéndose a la opinión de Eleuterio Martínez, miembro de la Academia de Ciencias. 

Respecto del argumento de que no se hicieron consultas públicas, el juez determinó que los documentos comprobaron que se cumplió con este requisito, valorando pruebas documentales como fotografías y un extenso listado de asistentes a la vista pública realizada el viernes 18 y sábado 19 de julio del año 2008, en El Higüero, Mata Grande y Las Placetas. 

“Los accionantes solicitan que el Ministerio de Medio Ambiente entregue las documentaciones relacionadas al proyecto en cuestión, este tribunal entiende que dichas pretensiones quedaron satisfechas cuando el tribunal ordenó la entrega de un estudio de impacto ambiental y con los demás depósitos realizados; en ese sentido los accionantes cuentan con toda la información de lo aprobado y ejecutado hasta el momento”, dice una de las motivaciones de la sentencia. 

La acción constitucional de amparo fue interpuesta por el movimiento Tiempo Verde, por intermedio de sus abogados Winston Vásquez Valera y Wilson Mayobanex Reyes. 

Como intervinientes voluntarios participaron la Fundación Ángeles Guardianes de las Aguas; Fundación de Piedras Unidas, Sociedad Ecológica del Cibao, entre otras entidades 

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El Correo. SANTIAGO.- La Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santiago desestimó la acción de amparo interpuesta por el movimiento ecologista “Tiempo Verde” en contra de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID) y el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en oposición al Proyecto de Desarrollo Hidroeléctrico Las Placetas, en San José de las Matas, provincia de Santiago. 

El tribunal, presidido por el magistrado Filoset Núñez Polanco, desestimó el recurso de amparo por considerar que: “Sin haber un acto arbitrario o ilícito que restrinja y amenace un derecho fundamental es claro que la presente acción de amparo es improcedente”. 

El juez Núñez Polanco valoró elementos como, el hecho de que “la obra todavía no está en ejecución”, que “existen los estudios y la licencia ambiental” y que “no se ha causado daño grave actual o inminente al medioambiente”. 

En sus motivaciones, el juez de amparo estableció que no fue demostrado científicamente el supuesto daño al medioambiente que ocasionaría la ejecución del proyecto hidroeléctrico. 

Tras tomar conocimiento de la sentencia, la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID) reiteró su compromiso con la protección del medioambiente y los recursos naturales, garantizando la sostenibilidad de sus proyectos, los cuales siempre estarán orientados a procurar el bien de toda la población a través de una integralidad que abarca los aspectos científicos y sociales. 

La sentencia consigna igualmente, que la EGEHID ha sido diligente en hacer una aclaración pública en las ediciones impresas de los periódicos Listín Diario, El Caribe y La Información, a través de la cual señala que la primera etapa del Proyecto Hidroeléctrico Las Placetas no ha sufrido ninguna modificación en cuanto a su diseño, oferta económica, licencia ambiental aprobada número DEA 150/09, debidamente renovada en 2021. 

En ese mismo orden, deja claro que lo que se encuentra en fase de estudio es la posible ampliación del proyecto, que incluiría un “Circuito de Generación 2”, el cual, de resultar factible y viable, requeriría la realización de estudios de impacto ambiental y posterior obtención de permisos ambientales. 

 Dicha aclaración, ponderó el juez, despejó cualquier amenaza de violación de los derechos fundamentales sobre el medioambiente.  

(En conjunto, ambos circuitos, producirían 204 megavatios de energía limpia). 

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