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¿Qué hacer para autorizar una construcción en RD?

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ElCorreoRD.- A cinco meses del desplome de un edificio comercial en proceso de remodelación, que dejó una persona muerta y varios heridos en La Vega, el colapso de otra edificación en construcción en San Cristóbal ocupó diversos titulares en los medios luego de afectar unas cuatro viviendas contiguas, sin víctima fatales.

Ambos proyectos tenían un factor común: la falta de legalización y permisos para ejecutar o remodelar edificaciones de uno o varios niveles que otorgan las autoridades competentes, con el objetivo de garantizar la seguridad, calidad y adecuada protección de los usuarios.

Según datos, este tipo de ilegalidad se encuentran en más del 75% de las edificaciones que se construyen en la República Dominicana, lo que -como se ha evidenciado – constituye un riesgo para la integridad física de los trabajadores, los residentes de la zona y los posibles habitantes del inmueble, además de las posibles pérdidas económicas para los inversionistas del proyecto.

A los fines de evitar esta desafortunada irregularidad, ¿Qué es lo que se debe hacer para autorizar una construcción en el país?

Se explica que entre los pasos para el inicio de una obra de construcción es necesaria la realización de un estudio de suelo donde será edificada. Esto conforme a las disposiciones del Reglamento para el Análisis y Diseño Sísmico de Estructuras, que tiene como objetivo establecer los requerimientos mínimos que se deberán cumplir en el análisis sísmico de todas las estructuras que se erijan en el territorio nacional, para resistir los efectos de movimientos telúricos, de tal forma que estas se mantengan estables, garantizando la seguridad humana.

Al referido análisis, le procede que un profesional del área de la construcción debidamente matriculado en el Colegio Dominicano de Ingenieros y Arquitectos (Codia), elabore los planos y diseños del proyecto de construcción, los cuales deben ser hechos de conformidad con las normativas vigentes en República Dominicana.

Los documentos con el diseño estructural de la obra, deben ser llevados a la Alcaldía a la cual corresponderá según el municipio en el que estará ubicado. Las Alcaldías tienen la atribución de otorgar el permiso de uso de suelo, que indicará el tipo y la densidad de la obra. Sin embargo, hay que especificar que esta no es una autorización definitiva para comenzar con los trabajos de construcción del proyecto inmobiliario.

Para autorizar la ejecución de la obra será necesario la presentación de los documentos que especifiquen las condiciones legales, estructurales, arquitectónicas, sanitarias, eléctricas y de materiales ante el Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (Mivhed), organismo que tiene entre sus atribuciones la emisión de las licencias para la construcción de edificaciones públicas y privadas; definir los mecanismos y procesos relativos a la tramitación de permisos y licencias de construcción de viviendas y edificaciones, en coordinación con los gobiernos locales; y la supervisión de las construcciones de obras de edificaciones.

En respuesta a una solicitud de elCaribe, el Mivhed especifica que entre los requisitos o documentaciones para tramitar la licencia para todo tipo de construcción están: el título (s) de propiedad, planos de mensura catastral deslindados, certificado de impacto emitido por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, certificado de no objeción de uso de suelo otorgado por el Ministerio de Turismo (para proyectos ubicados en polos turísticos), estudios geotécnicos, entre otros.

Indica que los documentos y planos requeridos para la solicitud de licencia pueden ser depositados a través del portal de Ventanilla Única de la Construcción, que integra a las distintas instituciones del gobierno que participan en las operaciones de construcción en el país. Los plazos para la obtención de la licencia oscilan entre unos 60 a 120 días laborables dependiendo de la complejidad del proyecto.

El Mivhed precisa que el desconocimiento de los reglamentos técnicos y normativas relativas al sector construcción pueden llevar a un constructor a la ilegalidad en la ejecución de una obra.

Añade que las irregularidades también pudieran atribuirse a la reducción de costos a base de la no contratación de profesionales que elaboren los diseños técnicos y/o que ejecuten la obra apegados a los reglamentos y normativas vigentes, así como a la posible intención de evadir el pago de impuestos, tasas y arbitrios para reducir costos, entre otras razones.

Construir obras sin los debidos permisos, autorizaciones y controles, supone un riesgo no sólo para la vida de quienes ocuparán esas edificaciones, sino también para los que participan de las obras y las personas que transitan o circundan por el lugar, ya que se podría presentar un colapso de la estructura.

Señala que estos colapsos, pueden ocurrir en un escenario eventual, ante la ocurrencia de un sismo e incluso son susceptibles frente a otros desastres. «No se trata solamente de un tema de ilegalidad, estamos hablando de la preservación de lo más valioso: La vida humana.”, advierte la entidad en un documento enviado a este medio.

Debilidades en la supervisión

Una vez otorgada la licencia de construcción y se inician los trabajos de excavación, zapata, vaciado de hormigón de los aceros, vigas de amarre, columnas, entre otros -que conllevan licencias adicionales-, continua la fiscalización del Mivhed para comprobar si la obra está conforme con la áreas, diseños y planos previamente aprobados, según detalla a elCaribe el ingeniero Teodoro Tejada.

No obstante, el experto señala que existen debilidades con las supervisiones por parte de las autoridades competentes. “Este país carece totalmente de supervisión, aquí no hay supervisión. Y muchos anteriormente lo que hacían es que realizaban todas las licencias y alguien la firmaba, pero estas hay que firmarlas paso por paso, osea de acuerdo a las actividades que se vayan ejecutando no firmarla al final sin saber si es conforme o no”, asegura.

El también ex presidente del Codia, condena que las sanciones sean un tanto “benévolas” para quienes infringen los procesos de supervisión. “Es necesario que las autoridades velen más porque eso no pase.

“Es necesario que las autoridades velen más porque eso no pase. Aquí se hace todo el mundo de la vista gorda, y un supervisor pasa, hay una obra y este coge su cuarto. Hasta que aquí no se metan presos a los supervisores y se le presente al público ese supervisor es un delincuente seguirá lo mismo”, agrega.

Ing. Teodoro Tejada, expresidente del Codia. Foto: Jhonny Rotestán

Sanciones

Las violaciones de los reglamentos y los procesos para la ejecución de edificaciones contemplan entre las sanciones la suspensión de la obra a través de los departamentos correspondientes del Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (Mivhed).

Entre las razones para la suspensión están: que la obra no se ajuste a las disposiciones establecidas en los reglamentos que expida el Poder Ejecutivo; que no esté provista de la correspondiente autorización o licencia;  que no se encuentre bajo la vigilancia responsable de un director o encargado; que no se ajuste al proyecto aprobado; y que de alguna forma se haya obstaculizado o impedido la inspección o cualquier otra función del personal autorizado por el Mivhed.

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ElCorreoRD.- A cinco meses del desplome de un edificio comercial en proceso de remodelación, que dejó una persona muerta y varios heridos en La Vega, el colapso de otra edificación en construcción en San Cristóbal ocupó diversos titulares en los medios luego de afectar unas cuatro viviendas contiguas, sin víctima fatales.

Ambos proyectos tenían un factor común: la falta de legalización y permisos para ejecutar o remodelar edificaciones de uno o varios niveles que otorgan las autoridades competentes, con el objetivo de garantizar la seguridad, calidad y adecuada protección de los usuarios.

Según datos, este tipo de ilegalidad se encuentran en más del 75% de las edificaciones que se construyen en la República Dominicana, lo que -como se ha evidenciado – constituye un riesgo para la integridad física de los trabajadores, los residentes de la zona y los posibles habitantes del inmueble, además de las posibles pérdidas económicas para los inversionistas del proyecto.

A los fines de evitar esta desafortunada irregularidad, ¿Qué es lo que se debe hacer para autorizar una construcción en el país?

Se explica que entre los pasos para el inicio de una obra de construcción es necesaria la realización de un estudio de suelo donde será edificada. Esto conforme a las disposiciones del Reglamento para el Análisis y Diseño Sísmico de Estructuras, que tiene como objetivo establecer los requerimientos mínimos que se deberán cumplir en el análisis sísmico de todas las estructuras que se erijan en el territorio nacional, para resistir los efectos de movimientos telúricos, de tal forma que estas se mantengan estables, garantizando la seguridad humana.

Al referido análisis, le procede que un profesional del área de la construcción debidamente matriculado en el Colegio Dominicano de Ingenieros y Arquitectos (Codia), elabore los planos y diseños del proyecto de construcción, los cuales deben ser hechos de conformidad con las normativas vigentes en República Dominicana.

Los documentos con el diseño estructural de la obra, deben ser llevados a la Alcaldía a la cual corresponderá según el municipio en el que estará ubicado. Las Alcaldías tienen la atribución de otorgar el permiso de uso de suelo, que indicará el tipo y la densidad de la obra. Sin embargo, hay que especificar que esta no es una autorización definitiva para comenzar con los trabajos de construcción del proyecto inmobiliario.

Para autorizar la ejecución de la obra será necesario la presentación de los documentos que especifiquen las condiciones legales, estructurales, arquitectónicas, sanitarias, eléctricas y de materiales ante el Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (Mivhed), organismo que tiene entre sus atribuciones la emisión de las licencias para la construcción de edificaciones públicas y privadas; definir los mecanismos y procesos relativos a la tramitación de permisos y licencias de construcción de viviendas y edificaciones, en coordinación con los gobiernos locales; y la supervisión de las construcciones de obras de edificaciones.

En respuesta a una solicitud de elCaribe, el Mivhed especifica que entre los requisitos o documentaciones para tramitar la licencia para todo tipo de construcción están: el título (s) de propiedad, planos de mensura catastral deslindados, certificado de impacto emitido por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, certificado de no objeción de uso de suelo otorgado por el Ministerio de Turismo (para proyectos ubicados en polos turísticos), estudios geotécnicos, entre otros.

Indica que los documentos y planos requeridos para la solicitud de licencia pueden ser depositados a través del portal de Ventanilla Única de la Construcción, que integra a las distintas instituciones del gobierno que participan en las operaciones de construcción en el país. Los plazos para la obtención de la licencia oscilan entre unos 60 a 120 días laborables dependiendo de la complejidad del proyecto.

El Mivhed precisa que el desconocimiento de los reglamentos técnicos y normativas relativas al sector construcción pueden llevar a un constructor a la ilegalidad en la ejecución de una obra.

Añade que las irregularidades también pudieran atribuirse a la reducción de costos a base de la no contratación de profesionales que elaboren los diseños técnicos y/o que ejecuten la obra apegados a los reglamentos y normativas vigentes, así como a la posible intención de evadir el pago de impuestos, tasas y arbitrios para reducir costos, entre otras razones.

Construir obras sin los debidos permisos, autorizaciones y controles, supone un riesgo no sólo para la vida de quienes ocuparán esas edificaciones, sino también para los que participan de las obras y las personas que transitan o circundan por el lugar, ya que se podría presentar un colapso de la estructura.

Señala que estos colapsos, pueden ocurrir en un escenario eventual, ante la ocurrencia de un sismo e incluso son susceptibles frente a otros desastres. «No se trata solamente de un tema de ilegalidad, estamos hablando de la preservación de lo más valioso: La vida humana.”, advierte la entidad en un documento enviado a este medio.

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Una vez otorgada la licencia de construcción y se inician los trabajos de excavación, zapata, vaciado de hormigón de los aceros, vigas de amarre, columnas, entre otros -que conllevan licencias adicionales-, continua la fiscalización del Mivhed para comprobar si la obra está conforme con la áreas, diseños y planos previamente aprobados, según detalla a elCaribe el ingeniero Teodoro Tejada.

No obstante, el experto señala que existen debilidades con las supervisiones por parte de las autoridades competentes. “Este país carece totalmente de supervisión, aquí no hay supervisión. Y muchos anteriormente lo que hacían es que realizaban todas las licencias y alguien la firmaba, pero estas hay que firmarlas paso por paso, osea de acuerdo a las actividades que se vayan ejecutando no firmarla al final sin saber si es conforme o no”, asegura.

El también ex presidente del Codia, condena que las sanciones sean un tanto “benévolas” para quienes infringen los procesos de supervisión. “Es necesario que las autoridades velen más porque eso no pase.

“Es necesario que las autoridades velen más porque eso no pase. Aquí se hace todo el mundo de la vista gorda, y un supervisor pasa, hay una obra y este coge su cuarto. Hasta que aquí no se metan presos a los supervisores y se le presente al público ese supervisor es un delincuente seguirá lo mismo”, agrega.

Ing. Teodoro Tejada, expresidente del Codia. Foto: Jhonny Rotestán

Sanciones

Las violaciones de los reglamentos y los procesos para la ejecución de edificaciones contemplan entre las sanciones la suspensión de la obra a través de los departamentos correspondientes del Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (Mivhed).

Entre las razones para la suspensión están: que la obra no se ajuste a las disposiciones establecidas en los reglamentos que expida el Poder Ejecutivo; que no esté provista de la correspondiente autorización o licencia;  que no se encuentre bajo la vigilancia responsable de un director o encargado; que no se ajuste al proyecto aprobado; y que de alguna forma se haya obstaculizado o impedido la inspección o cualquier otra función del personal autorizado por el Mivhed.

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