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Declaran inconstitucionales procesos judiciales virtuales

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SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional los procesos judiciales virtuales dispuestos por el Consejo del Poder Judicial, acogiendo una instancia depositada por el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) el 23 de abril del 2020.

El alto tribunal declaró nulas y no conforme con la Constitución varias resoluciones emitidas por el Consejo del Poder Judicial en los meses de mayo, junio y julio del 2020, con las que se dispuso las labores virtuales de la mayoría  los servicios que ofrece el Poder Judicial, alegando que dichas medidas violan o son contrarias a los artículos 4, 73, 138 y 156 de la Carta Magna.

Miguel Surun Hernández, presidente del Colegio de Abogados de RD, calificó la sentencia como histórica y trascendental, alegando que con la misma se hizo justicia y se respeta los derechos constitucionales de los abogados, abogadas y todos los usuarios del sistema de justicia del país.

“Esta sentencia refuerza el estado de derecho en la República Dominicana, son la confirmación de la razón de la lucha que nuestra institución ha mantenido por más de un año por el restablecimiento de la justicia, sin embargo el Consejo del Poder Judicial se mantuvo actuando de manera abusiva, ilegal e inconstitucional, usurpando las funciones del Congreso Nacional y de la Suprema Corte de Justicia”, expresó Surun Hernández.

El Presidente del CARD anunció que como institución en los próximos días estarán dando los pasos para que dicho fallo sea ejecutado y que el sistema de justicia en la República Dominicana sea restablecido de conformidad con la Ley 821 sobre Organización Judicial y así lograr el acceso de todos.

Surun Hernández exhortó a los órganos del sistema de justicia incluyendo el Consejo del Poder Judicial, a obedecer y acatar lo más pronto posible dicha sentencia y no continuar con la práctica dañina de emitir resoluciones ilegales e inconstitucionales en el ámbito judicial.

El gremialista anunció que la lucha por la reapertura de la justicia y por el restablecimiento del Estado de Derecho  continuará, este es solo el primer paso de garantía y tutela judicial de la República Dominicana.

“Hemos hecho historia, cambiamos la historia, vencimos el Poder, abajo la virtualidad ilegal e inconstitucional”, indicó el representante de los abogados.


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SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional los procesos judiciales virtuales dispuestos por el Consejo del Poder Judicial, acogiendo una instancia depositada por el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) el 23 de abril del 2020.

El alto tribunal declaró nulas y no conforme con la Constitución varias resoluciones emitidas por el Consejo del Poder Judicial en los meses de mayo, junio y julio del 2020, con las que se dispuso las labores virtuales de la mayoría  los servicios que ofrece el Poder Judicial, alegando que dichas medidas violan o son contrarias a los artículos 4, 73, 138 y 156 de la Carta Magna.

Miguel Surun Hernández, presidente del Colegio de Abogados de RD, calificó la sentencia como histórica y trascendental, alegando que con la misma se hizo justicia y se respeta los derechos constitucionales de los abogados, abogadas y todos los usuarios del sistema de justicia del país.

“Esta sentencia refuerza el estado de derecho en la República Dominicana, son la confirmación de la razón de la lucha que nuestra institución ha mantenido por más de un año por el restablecimiento de la justicia, sin embargo el Consejo del Poder Judicial se mantuvo actuando de manera abusiva, ilegal e inconstitucional, usurpando las funciones del Congreso Nacional y de la Suprema Corte de Justicia”, expresó Surun Hernández.

El Presidente del CARD anunció que como institución en los próximos días estarán dando los pasos para que dicho fallo sea ejecutado y que el sistema de justicia en la República Dominicana sea restablecido de conformidad con la Ley 821 sobre Organización Judicial y así lograr el acceso de todos.

Surun Hernández exhortó a los órganos del sistema de justicia incluyendo el Consejo del Poder Judicial, a obedecer y acatar lo más pronto posible dicha sentencia y no continuar con la práctica dañina de emitir resoluciones ilegales e inconstitucionales en el ámbito judicial.

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