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Abogados de imputados Odebrecht dicen «pobreza testimonial» de testigos refuerzan voto disidente de Miriam Germán

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Las expresiones “yo creo”, “me parece” y otras que denotan ausencia de pruebas en el caso Odebrecht, por parte de los testigos que han desfilado por el tribunal, refuerzan hoy las razones del voto disidente de la magistrada Miriam Germán Brito en 2017 como integrante de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

La apreciación fue hecha por las barras de la defensa técnica de los imputados Conrado Pittaluga, Ángel Rondón Rijo y Víctor Díaz Rúa, al valorar la participación de los testigos de referencia que ha estado presentando el Ministerio Público ante el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.

“Sucede que la mayor parte de las pruebas que dice tener el Ministerio Público son fruto de las delaciones premiadas que se han vertido en Brasil, pero una por una no contienen afirmaciones tajantes y precisas sobre actividades de los imputados, abunda el “yo creo”, “me parece” y en algunos, una tajante negativa”.

En esos términos se pronunció Germán Brito -hoy Procuradora General de la República- cuando el 26 de julio de 2017 emitió su voto disidente acerca de las medidas de coerción impuestas al encartado Porfirio Andrés Bautista García y compartes.

Sin dejar de reconocer la gravedad de las acusaciones y de reprobar los hechos que se imputan, la magistrada documentó que en el proceso se evidenciaban dificultades probatorias.

Advirtió, en ese momento que, si en el curso de la investigación del caso no se subsanaron las debilidades en términos de pruebas, el proceso “no augura un futuro esperanzador por el momento, por lo menos del juicio al fondo, donde la prueba debe ser hecha para que no deje lugar a una duda razonable”.

“Se señala la actuación de un supuesto intermediario, procesado en este caso, pero resulta que aparte de la justificación que da ese procesado con respecto al concepto de los valores recibidos, no apreciamos que existan transferencias de dicho señor hacia otros procesados”, indica el documento suscrito por Germán.

Las barras de la defensa técnica de los encartados en el caso Odebrecht indicaron que, justamente, los testimonios ofrecidos por Mauricio Dantas Bezerra, Rodrigo Maluf Cardoso y María Eugenia Batista, quienes han coincido en citar hechos de los que no tienen conocimiento directo, con lo cual se descalifican como testigos creíbles.

La declaración de prensa es suscrita por Las defensas técnicas integradas por los juristas Emery Rodríguez Mateo, José Miguel Minier A., Fernán L. Ramos Peralta, Ramón Emilio Núñez, Víctor Manuel Martínez Ferreira, Laura Yisell Rodríguez Cuevas, Miguel Valerio Jiminián, Santiago Rodríguez Tejada, Edward Veras Vergas, Conrad Pittaluga Vicioso, Manuel Alejandro Rodríguez, Joaquín Antonio Zapata Martínez, Eric Raful Pérez y Carlos Pérez Vargas.


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La apreciación fue hecha por las barras de la defensa técnica de los imputados Conrado Pittaluga, Ángel Rondón Rijo y Víctor Díaz Rúa, al valorar la participación de los testigos de referencia que ha estado presentando el Ministerio Público ante el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.

“Sucede que la mayor parte de las pruebas que dice tener el Ministerio Público son fruto de las delaciones premiadas que se han vertido en Brasil, pero una por una no contienen afirmaciones tajantes y precisas sobre actividades de los imputados, abunda el “yo creo”, “me parece” y en algunos, una tajante negativa”.

En esos términos se pronunció Germán Brito -hoy Procuradora General de la República- cuando el 26 de julio de 2017 emitió su voto disidente acerca de las medidas de coerción impuestas al encartado Porfirio Andrés Bautista García y compartes.

Sin dejar de reconocer la gravedad de las acusaciones y de reprobar los hechos que se imputan, la magistrada documentó que en el proceso se evidenciaban dificultades probatorias.

Advirtió, en ese momento que, si en el curso de la investigación del caso no se subsanaron las debilidades en términos de pruebas, el proceso “no augura un futuro esperanzador por el momento, por lo menos del juicio al fondo, donde la prueba debe ser hecha para que no deje lugar a una duda razonable”.

“Se señala la actuación de un supuesto intermediario, procesado en este caso, pero resulta que aparte de la justificación que da ese procesado con respecto al concepto de los valores recibidos, no apreciamos que existan transferencias de dicho señor hacia otros procesados”, indica el documento suscrito por Germán.

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