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Actor dominicano andres Castillo es enviado a juicio

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Envían a juicio al actor Andrés Castillo, acusado de acosar a una menor de edad

Actor dominicano Andrés Castillo.

El juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional dictó auto de apertura a juicio contra el actor Andrés Alberto Castillo Salas, acusado de incurrir en acoso y coacción en perjuicio de una adolescente de 14 años de edad, al invitarla en horas de la noche, sin el consentimiento de sus padres, a un supuesto casting de una película que produciría.

El magistrado Deiby Timoteo Peguero tomó la decisión al final del desarrollo de la audiencia preliminar contra el actor, luego de acoger una solicitud de apertura a juicio del Ministerio Público, representado por el fiscal litigante Guillermo de la Cruz Peña, quien aportó todos los elementos de pruebas con los que demostró la responsabilidad penal del acusado de los hechos puestos a su cargo.

De la Cruz Peña concluyó que, con su acción, el procesado incurrió en la violación de los artículos 354 del Código Penal Dominicano, el artículo 12 del Código Para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03) y el 396 de la Ley 53-07 sobre la comisión de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

Andrés Castillo dice no sabía que hablaba con una menor; insiste quería ofrecerle un papel

El artículo 354 del Código Penal ordena: “la pena de reclusión se impondrá al que con engaño, violencia o intimación robare, sustrajere o arrebatare uno o más menores, haciéndoles abandonar la vivienda o domicilio de aquellos bajo cuya autoridad o dirección se hallaban”.

En tanto que el artículo 12 de la Ley 136-03 (Código del Menor) establece que: “Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende el respeto a la dignidad, la inviolabilidad de la integridad física, psíquica, moral y sexual, incluyendo la preservación de su imagen, identidad, autonomía de valores, ideas, creencias, espacio y objetos personales”.

Ese artículo de esa ley contiene un párrafo que expresa que: “Es responsabilidad de la familia, el Estado y la sociedad protegerlos, contra cualquier forma de explotación, maltrato, torturas, abusos o negligencias que afecten su integridad personal”.

El 7 de noviembre del 2022 el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional impuso al actor Andrés Castillo impedimento de salida, presentación periódica y orden de alejamiento y evitar contactar a la víctima, como medida de coerción, atendiendo un pedimento del Ministerio Público y los actores civiles.

La decisión judicial se produjo luego de que el Ministerio Público apelara ante la Corte de Apelación del Distrito Nacional la decisión anterior del tribunal, en esa oportunidad presidido por el juez Juan Francisco Rodríguez Consoró, emitida en agosto de ese año, que le otorgó la libertad pura y simple por el mismo caso, alegando que en la acusación no se configuraba un tipo penal atribuido al imputado


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Envían a juicio al actor Andrés Castillo, acusado de acosar a una menor de edad

Actor dominicano Andrés Castillo.

El juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional dictó auto de apertura a juicio contra el actor Andrés Alberto Castillo Salas, acusado de incurrir en acoso y coacción en perjuicio de una adolescente de 14 años de edad, al invitarla en horas de la noche, sin el consentimiento de sus padres, a un supuesto casting de una película que produciría.

El magistrado Deiby Timoteo Peguero tomó la decisión al final del desarrollo de la audiencia preliminar contra el actor, luego de acoger una solicitud de apertura a juicio del Ministerio Público, representado por el fiscal litigante Guillermo de la Cruz Peña, quien aportó todos los elementos de pruebas con los que demostró la responsabilidad penal del acusado de los hechos puestos a su cargo.

De la Cruz Peña concluyó que, con su acción, el procesado incurrió en la violación de los artículos 354 del Código Penal Dominicano, el artículo 12 del Código Para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03) y el 396 de la Ley 53-07 sobre la comisión de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

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En tanto que el artículo 12 de la Ley 136-03 (Código del Menor) establece que: “Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende el respeto a la dignidad, la inviolabilidad de la integridad física, psíquica, moral y sexual, incluyendo la preservación de su imagen, identidad, autonomía de valores, ideas, creencias, espacio y objetos personales”.

Ese artículo de esa ley contiene un párrafo que expresa que: “Es responsabilidad de la familia, el Estado y la sociedad protegerlos, contra cualquier forma de explotación, maltrato, torturas, abusos o negligencias que afecten su integridad personal”.

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La decisión judicial se produjo luego de que el Ministerio Público apelara ante la Corte de Apelación del Distrito Nacional la decisión anterior del tribunal, en esa oportunidad presidido por el juez Juan Francisco Rodríguez Consoró, emitida en agosto de ese año, que le otorgó la libertad pura y simple por el mismo caso, alegando que en la acusación no se configuraba un tipo penal atribuido al imputado

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