Connect with us
Anunciate en esta Pagina

EL MUNDO

Condenan a ocho meses de cárcel a aficionados por insultos racistas a Vinicius Jr.

Published

on

EL CORREO. La condena a ocho meses de prisión y dos años sin entrar a los estadios de fútbol a tres aficionados por insultos racistas proferidos contra delantero brasileño del Real Madrid Vinicius Jr. en el estadio Mestalla, del Valencia, es la primera sanción penal que se aplica en España por ese tipo de comportamientos en campos de fútbol.

Se trata de un acuerdo de conformidad alcanzado entre la Fiscalía, las acusaciones y las defensas, ratificado este lunes en un juzgado de Valencia pero que se ha fraguado durante meses y que implica que los acusados no entrarán en prisión al haber incluido en el pacto la suspensión de la pena de cárcel.

Los hechos ocurrieron el 21 de mayo de 2023 durante un partido entre el Valencia y el Real Madrid. El encuentro se paró unos minutos, el jugador identificó a uno de los acusados y, tras la denuncia de LaLiga esa misma noche, se identificó a otros dos con las cámaras internas del Valencia

La importancia de este acuerdo radica en el precedente que sienta ante el creciente número de procedimientos judiciales o investigaciones de la Fiscalía que se han abierto en distintos territorios por hechos similares.

Además, supone "un aviso a navegantes para que unos eventuales autores sepan que no sale gratis y para que unas eventuales víctimas sepan que están protegidas por la Fiscalia y los juzgados", en palabras de la Fiscal contra los delitos de odio de Valencia, Susana Gisbert.

Entre otros muchos que se encuentran en distintas fases de instrucción, está pendiente de juicio -desde hace año y medio- el caso de los gritos racistas sufridos por el jugador del Athletic Club Iñaki Williams en un partido en 2020 en el estadio del Espanyol.

En el caso de Mestalla, el objetivo inicial de la Fiscalía y de las acusaciones era que se impusiese una condena por delito de odio, aunque finalmente se han conformado con una condena por delito contra la integridad moral con agravante de odio.

Se ha tenido en cuenta como atenuante el arrepentimiento, con carta de disculpa, y el reconocimiento a viva voz de ese arrepentimiento en la vista oral, por lo que la pena se ha rebajado de doce a ocho meses y la prohibición de entrar a estadios ha pasado de tres años a dos.

Los delitos de odio están tipificados en el artículo 510 del Código Penal, que los sanciona con entre uno y cuatro años de cárcel, en tanto que los delitos contra la integridad moral, regulados en el artículo 173 del mismo código, que establece condenas de entre seis meses y dos años de prisión.

Se ha optado por este último caso incluyendo la agravante por motivos de odio, lo cual, si bien implica una pena menor, supone el reconocimiento de una grave vulneración de los derechos fundamentales.

"Hemos trabajado mucho tiempo en este acuerdo y lo vemos muy positivo, tanto por el reconocimiento como porque la gente sepa que estos hechos no salen gratis. Que la gente sepa que son actos sancionables como delito de odio porque la condena es por un delito contra la integridad moral con el agravante de odio", ha recalcado la fiscal Gisbert.


Articulos Recientes

EL PAIS1 hora ago

"Caso SeNaSa: La audiencia de apelación de Santiago Hazim continúa este 3 de febrero de 2026″

Santo Domingo – Este martes 3 de febrero de 2026, a partir de las 9:00 a.m., se llevará a cabo...

EL DINERO1 hora ago

"Precio del euro en RD: ¿Cómo está el euro hoy en la República Dominicana este 3 de febrero de 2026?"

Precio del euro en la República Dominicana: martes 3 de febrero de 2026República Dominicana – Este martes 3 de febrero...

EL DINERO2 horas ago

"¡El dólar hoy en RD! Precio del dólar en la República Dominicana este martes 3 de febrero de 2026″

Precio del dólar en la República Dominicana: martes 3 de febrero de 2026República Dominicana – Este martes 3 de febrero...

DEPORTES2 horas ago

"¡Fiebre vencida, victoria asegurada! Enny Romero domina a Cangrejeros y lidera a los Leones del Escogido"

Enny Romero supera fiebre y brilla en la Serie del Caribe con victoria sobre los CangrejerosGuadalajara (México) – El lanzador...

EL PAIS2 horas ago

"¡Ciclón bomba! El fenómeno climático que puede arruinar tu salud (y tu día)"

Salud Pública alerta sobre los peligros del “ciclón bomba” para tu salud y seguridadSanto Domingo – El Ministerio de Salud...

OPINIÓN2 horas ago

Como lo Pienso lo Digo

Por Juan Isidro Inoa.ContentsEfectos en la salud:Riesgos adicionales:Enfermedades post-ciclón:Grupos vulnerables:Recomendaciones esenciales: Hoy se cumplen 31 años que mi profesor universitario...

EL DINERO21 horas ago

💶 ¡El euro se mantiene firme! Precio del euro en RD para este lunes 2 de febrero de 2026

Santo Domingo, RD. El Banco Central de la República Dominicana ha publicado este lunes 2 de febrero de 2026 los...

EL DINERO22 horas ago

💰 ¡El dólar sigue su danza! Precio del dólar en RD para este lunes 2 de febrero de 2026

Santo Domingo, RD. El Banco Central de la República Dominicana publicó este lunes 2 de febrero de 2026 los precios...

EL PAIS22 horas ago

🕵️‍♂️ ¡Misterio en Piantini! Autoridades investigan la muerte de esposa de funcionario canadiense

Santo Domingo, RD. Las autoridades han iniciado una serie de entrevistas al esposo y al hijo de la mujer que...

DEPORTES22 horas ago

⚾ ¡Jeremy Peña se pone la tricolor! Dominicana refuerza su equipo para el Clásico Mundial 2026

Santo Domingo, RD. La Federación Dominicana de Béisbol (Fedom) ha anunciado oficialmente la integración de Jeremy Peña al equipo que...

Facebook

EL CORREO. La condena a ocho meses de prisión y dos años sin entrar a los estadios de fútbol a tres aficionados por insultos racistas proferidos contra delantero brasileño del Real Madrid Vinicius Jr. en el estadio Mestalla, del Valencia, es la primera sanción penal que se aplica en España por ese tipo de comportamientos en campos de fútbol.

Se trata de un acuerdo de conformidad alcanzado entre la Fiscalía, las acusaciones y las defensas, ratificado este lunes en un juzgado de Valencia pero que se ha fraguado durante meses y que implica que los acusados no entrarán en prisión al haber incluido en el pacto la suspensión de la pena de cárcel.

Los hechos ocurrieron el 21 de mayo de 2023 durante un partido entre el Valencia y el Real Madrid. El encuentro se paró unos minutos, el jugador identificó a uno de los acusados y, tras la denuncia de LaLiga esa misma noche, se identificó a otros dos con las cámaras internas del Valencia

La importancia de este acuerdo radica en el precedente que sienta ante el creciente número de procedimientos judiciales o investigaciones de la Fiscalía que se han abierto en distintos territorios por hechos similares.

Además, supone "un aviso a navegantes para que unos eventuales autores sepan que no sale gratis y para que unas eventuales víctimas sepan que están protegidas por la Fiscalia y los juzgados", en palabras de la Fiscal contra los delitos de odio de Valencia, Susana Gisbert.

Entre otros muchos que se encuentran en distintas fases de instrucción, está pendiente de juicio -desde hace año y medio- el caso de los gritos racistas sufridos por el jugador del Athletic Club Iñaki Williams en un partido en 2020 en el estadio del Espanyol.

En el caso de Mestalla, el objetivo inicial de la Fiscalía y de las acusaciones era que se impusiese una condena por delito de odio, aunque finalmente se han conformado con una condena por delito contra la integridad moral con agravante de odio.

Se ha tenido en cuenta como atenuante el arrepentimiento, con carta de disculpa, y el reconocimiento a viva voz de ese arrepentimiento en la vista oral, por lo que la pena se ha rebajado de doce a ocho meses y la prohibición de entrar a estadios ha pasado de tres años a dos.

Los delitos de odio están tipificados en el artículo 510 del Código Penal, que los sanciona con entre uno y cuatro años de cárcel, en tanto que los delitos contra la integridad moral, regulados en el artículo 173 del mismo código, que establece condenas de entre seis meses y dos años de prisión.

Se ha optado por este último caso incluyendo la agravante por motivos de odio, lo cual, si bien implica una pena menor, supone el reconocimiento de una grave vulneración de los derechos fundamentales.

"Hemos trabajado mucho tiempo en este acuerdo y lo vemos muy positivo, tanto por el reconocimiento como porque la gente sepa que estos hechos no salen gratis. Que la gente sepa que son actos sancionables como delito de odio porque la condena es por un delito contra la integridad moral con el agravante de odio", ha recalcado la fiscal Gisbert.

Copyright © 2024 El Correo RD, Santiago de los Caballeros / Creado por @KRLOSDESIGNS