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Conozca porqué el Intrant sancionó a empresas envueltas en accidente Higuey

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El Correo.-El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), sancionó hoy a tres empresas de transporte privado involucradas en dos accidentes que ocurrieron el pasado sábado en Bávaro, provincia La Altagracia, por incumplir con normativas que establece el órgano rector del transporte en cumplimiento de la Ley 63-17.

En ese sentido, tras acudir al llamado de reunión realizada la mañana de este lunes en la sede del Intrant, fueron impuestas sanciones administrativas equivalente a 20 salarios mínimos del que impera en el sector público centralizado a dichas empresas, las cuales ofrecían el servicio de transporte privado sin la licencia de operación correspondiente.

Tras realizar el levantamiento técnico de lugar, como parte de la atribución que le confiere la Ley, el Intrant también detectó que los conductores iban al volante sin la categoría de la licencia correspondiente, dado que para guiar un autobús se requiere la licencia categoría 4.

La inspección realizada por el Intrant respecto al hecho, en la que participan las direcciones de Supervisión y Control y de Seguridad Vial, además del departamento de Transporte Interurbano, arrojó también que los conductores no estaban registrados en la institución como facultados para ofrecer el servicio de transporte público de pasajeros en autobús.

Las sanciones se establecieron según los parámetros establecidos en la ley 63-17, por violación a los artículos 49, sobre las obligaciones de los prestadores del servicio público de transporte terrestre de pasajeros.

Desde su llegada al Intrant, el director ejecutivo Hugo Beras ha puesto sumo empeño en la regulación del sistema de transporte en el país y ha dado alta prioridad a la supervisión de las operaciones del transporte privado y turístico de la zona Este del país, como parte del compromiso que se tiene desde la institución tanto para la legalidad del servicio como para la seguridad vial.

Al referirse al tema, Beras reiteró un llamado a los operadores de los distintos modos de transporte en el país a que realicen la adecuada práctica empresarial para sus servicios de conformidad con la Ley 63-17, además de advertir que seguirán sancionando con todo el peso de la Ley a quienes incurran en las faltas expuestas en las normativas.

“Independientemente de que el Intrant hace su trabajo de inspección, debe haber una responsabilidad empresarial de buenas prácticas y supervisar el comportamiento y el cumplimiento de las normas de sus colaboradores”, agregó el director ejecutivo.

El funcionario también exhortó a los ciudadanos a tomar el volante con la prudencia y responsabilidad que se requiere para salvar vidas, respetando las normas de tránsito, al tiempo de afirmar que no hay sanción monetaria que regrese a los fenecidos con sus familiares.

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En ese sentido, tras acudir al llamado de reunión realizada la mañana de este lunes en la sede del Intrant, fueron impuestas sanciones administrativas equivalente a 20 salarios mínimos del que impera en el sector público centralizado a dichas empresas, las cuales ofrecían el servicio de transporte privado sin la licencia de operación correspondiente.

Tras realizar el levantamiento técnico de lugar, como parte de la atribución que le confiere la Ley, el Intrant también detectó que los conductores iban al volante sin la categoría de la licencia correspondiente, dado que para guiar un autobús se requiere la licencia categoría 4.

La inspección realizada por el Intrant respecto al hecho, en la que participan las direcciones de Supervisión y Control y de Seguridad Vial, además del departamento de Transporte Interurbano, arrojó también que los conductores no estaban registrados en la institución como facultados para ofrecer el servicio de transporte público de pasajeros en autobús.

Las sanciones se establecieron según los parámetros establecidos en la ley 63-17, por violación a los artículos 49, sobre las obligaciones de los prestadores del servicio público de transporte terrestre de pasajeros.

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