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Corte confirma auto de no ha lugar en proceso de «El Abusador»

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ElCorreoRD.- Santo Domingo. La Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público contra el auto de no ha lugar que el Segundo Juzgado de la Instrucción dictó en favor de Genri Daniel Santana Badía, Biancis Castellanos Miranda, Acción NB, SRL, y Estévez Álvarez y Asociados, SRL, personas físicas y jurídicas que habían sido imputados de violar la Ley núm. 155-17, sobre Lavado de Activos, en el marco del proceso de “El Abusador”.

La decisión, marcada con el núm. 502-2023-SRES-00187, fue leída íntegramente el 25 de mayo pasado, en cuya parte dispositiva se “Rechaza el recurso de apelación interpuesto en fecha 22 de agosto del 2022 por el Ministerio Público en la persona de la Dra. Ramona Nova Cabrera… y confirma en todos sus aspectos” la resolución dictada a favor de los cuatro encartados, la cual determinó que los hechos que les fueron atribuidos no eran constitutivos de ninguna infracción penal y que carecía de elementos de prueba que fundamentaran los cargos formulados.

El tribunal de alzada basó su sentencia en el hecho de que no se verificó un solo de los agravios invocados por el Ministerio Público en apoyo de su rechazado recurso de apelación. “La violación a la Ley núm. 155-17 atribuida a Santana Badía y Castellanos Miranda apenas tuvo lugar en la febricitante sesera de Luis González, destituido titular de la Procuraduría Antilavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo. Ambos fueron imputados por una suerte de carambola para favorecer personas que indudablemente blanquearon capitales y que, misteriosamente, fueron excluidas de la acusación”, manifestó Cury.

Adelantó que demandarán en responsabilidad patrimonial al destituido fiscal. “Tan huera de fundamento fáctico y elementos probatorios estaba la acusación respecto de Santana Badía y Castellanos Miranda, tan sustentada en apreciaciones medalaganarias, absurdos y falacias, que los daños antijurídicos que se les ocasionaron a ambos serán oportunamente indemnizados por sentencia del Tribunal Superior Administrativo”, agregó el abogado.

Reiteró que la facultad de que dispone el Ministerio Público para acusar no puede ser entendida como un verso libre ni un cheque en blanco, sino que debe ejercerse con prudencia, objetividad, razonabilidad y sentido de justicia, lo que en opinión de Cury no ocurrió en cuanto a Santana Badía, Castellanos Miranda ni las empresas que resultaron acusadas.

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ElCorreoRD.- Santo Domingo. La Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público contra el auto de no ha lugar que el Segundo Juzgado de la Instrucción dictó en favor de Genri Daniel Santana Badía, Biancis Castellanos Miranda, Acción NB, SRL, y Estévez Álvarez y Asociados, SRL, personas físicas y jurídicas que habían sido imputados de violar la Ley núm. 155-17, sobre Lavado de Activos, en el marco del proceso de “El Abusador”.

La decisión, marcada con el núm. 502-2023-SRES-00187, fue leída íntegramente el 25 de mayo pasado, en cuya parte dispositiva se “Rechaza el recurso de apelación interpuesto en fecha 22 de agosto del 2022 por el Ministerio Público en la persona de la Dra. Ramona Nova Cabrera… y confirma en todos sus aspectos” la resolución dictada a favor de los cuatro encartados, la cual determinó que los hechos que les fueron atribuidos no eran constitutivos de ninguna infracción penal y que carecía de elementos de prueba que fundamentaran los cargos formulados.

El tribunal de alzada basó su sentencia en el hecho de que no se verificó un solo de los agravios invocados por el Ministerio Público en apoyo de su rechazado recurso de apelación. “La violación a la Ley núm. 155-17 atribuida a Santana Badía y Castellanos Miranda apenas tuvo lugar en la febricitante sesera de Luis González, destituido titular de la Procuraduría Antilavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo. Ambos fueron imputados por una suerte de carambola para favorecer personas que indudablemente blanquearon capitales y que, misteriosamente, fueron excluidas de la acusación”, manifestó Cury.

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