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Condenan a 15 años de prisión a hombre que asaltó motoconchista en Santiago. – El Correo

EL CIBAO

Condenan a 15 años de prisión a hombre que asaltó motoconchista en Santiago.

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La Fiscalía de Santiago reunió suficientes elementos probatorios y logró que el Segundo Tribunal Colegiado de esta demarcación judicial impusiera una condena de 15 años de reclusión contra un hombre que asaltó a un motoconchista, y, a fuerza del uso de un arma de fuego, lo despojó de su motocicleta, propinándole golpes y amenazándolo de muerte.

El expediente detalla que el hecho ocurrió en el año 2022. Indica que la víctima, Enerio Antonio Peña, quien se gana la vida de motoconchista, abordó en calidad de pasajero al acusado, Blady Daniel Sánchez Coronado, quien pidió ser trasladado hasta Los Cocos de Jacagua.

El fiscal litigante Pedro Martínez, en representación del Ministerio Público, detalló la teoría fáctica de los hechos, estableciendo que, cuando se trasladaba por la carretera Santiago Viejo, aprovechando lo solitario del camino, el acusado sacó su arma, y obligó a la víctima a detenerse. Relata el fiscal que lo golpeó en la cabeza, para someterlo a obediencia, amenazó con dispararle, usó el terror y la violencia para quedarse con su motocicleta.

Sin embargo, la víctima forcejeó y mientras gritaba por auxilio, el acusado huyó dejando abandonada la motocicleta, una X -1000 CG, 150, color rojo, además de que dejó caer el arma, una pistola de aire que dispara balines de metal marca Colt Defender color negro.

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La pronta llegada de los agentes de la Policía facilitó el arresto flagrante del acusado, a pocas cuadras del lugar, ya que los vecinos lo acorralaron.

El Segundo Tribunal Colegiado, integrado por los jueces Osvaldo Castillo, Esther Reyes y Luis Ernesto Torres, acogió la solicitud del Ministerio Público, imponiendo la condena de 15 años bajo cargos por robo agravado, delito tipificado y sancionado por el Código Penal Dominicano en los artículos 379 y 382.

La condena castiga además el porte y uso ilegal de un arma de fuego, según lo refiere el artículo 66 (párrafo III), de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, violada por el sentenciado.

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