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Posición del Ayuntamiento de Santiago ante decisión, Dirección de Compras y Contrataciones Publicas

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El ayuntamiento de Santiago hizo pública su posición ante la reciente decisión de la Dirección de Compras y Contrataciones, mediante la siguiente nota que reproducimos en su totalidad.

El Comité de Compras del Ayuntamiento de Santiago, en uso de las facultades que les reconoce la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, la ley 449-06 que la modifica y el decreto No. 543-12 que establece el Reglamento de la misma, por medio del presente documento hace las siguientes puntualizaciones aclarativas:

En tal sentido queremos aclarar que estamos ante una modalidad de contratación revestida de toda la autoridad legal necesaria para ejecutar contrataciones con las condiciones procedimentales que la misma ley establece, teniendo como condición esencial, la Celeridad, la Publicidad y la Transparencia, requisitos con lo que ésta entidad ha cumplido con toda la rigurosidad y responsabilidad que caracterizan nuestras actuaciones.

La modalidad de excepción mediante Urgencia se encuentra definida en el numeral 3 del artículo 3 del reglamento 543-12, que dice que las situaciones de urgencias, son situaciones de caso fortuito, inesperadas, imprevisibles, inmediatas, concretas y probadas, en las que no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección establecidos en la ley, en tiempo oportuno, es decir que basado en dicho artículo procedimos a hacer el llamado cumpliendo con los demás requisitos legales como son: Publicación en los periódicos El Caribe y La Información en fecha, miércoles 8 y jueves 9 de noviembre de 2023, publicación de la ficha técnica en el portal de Compras Dominicanas, publicación del acto administrativo de solicitud de apertura del proceso, así como un informe técnico pericial que recomienda al ayuntamiento de Santiago, la realización de un llamado para contratar empresas recolectoras de residuos sólidos en el municipio de Santiago, mediante la modalidad excepcional de la Urgencia.

Queda claramente demostrado que nuestras actuaciones están revestida de la legalidad necesaria y suficiente para la realización de dicho llamado, es oportuno aclarar que nuestros técnicos siempre han estado en contacto permanente con el departamento de monitoreo del órgano rector, quienes pusieron como condición para la admisión del proceso de excepción, la elaboración de un informe técnico pericial, situación que cumplimos, tal cual las exigencias.

La razón de la urgencia está basada 1.- en que los montos contratados para la recolección del servicio ya se encuentran agotados, 2.- evitar una merma en la eficiencia del servicio por el sobre uso de las unidades recolectoras de la institución, lo que ha ocasionado un deterioro progresivo de las mismas y 3.- la potencial contratación de otra empresa recolectora privada, que nos permita una mayor optimización del servicio de recolección.

Estos motivos justificativos de la Urgencia que en principio fueron aceptados por el órgano rector sin pretexto, sospechosamente luego fueron observadas por el Departamento de Monitoreo Preventivo, quienes además de esas observaciones hicieron otras, que de igual forma fueron ponderadas por este comité, dando lugar a una acta administrativa marcada con el Núm.2023-0047 de CANCELACIÓN del proceso AYUNTAMIENTO STGO-MAE-PEUR-2023-0001, en fecha 13 de noviembre de 2023.

Para sorpresa nuestra, minutos después la DGCP, publica en su portal institucional un documento en el cual ordena la Suspensión de Oficio del proceso, actuación que consideramos aviesa, inoportuna y cargada de malas intenciones.

Conjuntamente con la cancelación contenida en el Acta Administrativa Núm.2023-0047, este comité analiza el cambio de modalidad, para realizar un nuevo llamado que nos ayude a cubrir las causas que dieron origen al proceso en cuestión.

Finalmente el Comité de Compras y Contrataciones del Ayuntamiento de Santiago, reitera que el proceso AYUNTAMIENTO STGO-MAE-PEUR-2023-0001, fue realizado en estricta observancia de todas las disposiciones legales que rigen la materia de las compras públicas en Rep. Dominicana, en 2do lugar que hemos aceptado las sugerencias del órgano rector, toda vez de que cancelamos el proceso y actualmente ponderamos un nuevo llamado con otra modalidad y en 3er lugar que rechazamos la forma huidiza, evasiva y poco transparente de la Dirección General de Compras.

Con deferencia y cortesía:

Comité de Compras y Contrataciones del Ayuntamiento de Santiago.

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En tal sentido queremos aclarar que estamos ante una modalidad de contratación revestida de toda la autoridad legal necesaria para ejecutar contrataciones con las condiciones procedimentales que la misma ley establece, teniendo como condición esencial, la Celeridad, la Publicidad y la Transparencia, requisitos con lo que ésta entidad ha cumplido con toda la rigurosidad y responsabilidad que caracterizan nuestras actuaciones.

La modalidad de excepción mediante Urgencia se encuentra definida en el numeral 3 del artículo 3 del reglamento 543-12, que dice que las situaciones de urgencias, son situaciones de caso fortuito, inesperadas, imprevisibles, inmediatas, concretas y probadas, en las que no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección establecidos en la ley, en tiempo oportuno, es decir que basado en dicho artículo procedimos a hacer el llamado cumpliendo con los demás requisitos legales como son: Publicación en los periódicos El Caribe y La Información en fecha, miércoles 8 y jueves 9 de noviembre de 2023, publicación de la ficha técnica en el portal de Compras Dominicanas, publicación del acto administrativo de solicitud de apertura del proceso, así como un informe técnico pericial que recomienda al ayuntamiento de Santiago, la realización de un llamado para contratar empresas recolectoras de residuos sólidos en el municipio de Santiago, mediante la modalidad excepcional de la Urgencia.

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Comité de Compras y Contrataciones del Ayuntamiento de Santiago.

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