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El Cibao

Revocan decisión favorecía a imputados explotaba sexualmente a extranjeras

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El Ministerio Público apeló la decisión de Tribunal de Atención Permanente que les había impuesto la presentación periódica e impedimento de salida del país

SANTIAGO.- La Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de este distrito judicial, acogiendo la solicitud del Ministerio Público, revocó la decisión del Tribunal de Atención Permanente y estableció la prisión preventiva, como medida de coerción, en contra de un hombre y dos mujeres de nacionalidad venezolana, imputados de pertenecer a una red de trata y tráfico de personas con fines de explotación sexual en esta provincia.

El tribunal, que integran los jueces Wilson Moreta, Acassia Reyes y Annelis Torres, dejó sin efecto la 01646/23 d/f del 28 de agosto del presente año, recurrida por el Ministerio Público, que imponía la presentación periódica e impedimento de salida del país en contra de Wilyeisy Rodríguez De Gouvea (a) Fabiana, Ircar Saulimar Romero Pérez y Albert Martire De Jesús.

Los jueces aceptaron como buenos y validos los argumentos presentados en el recurso de apelación por la fiscal Kirsa Abreu, de la fiscalía de Santiago, y sustentados por el procurador de corte Santos Siri y la fiscal Ginna Matías, de la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PETT), motivando la variación de la medida a prisión preventiva por tres meses.

El Ministerio Público demostró ante el tribunal la gravedad de los hechos, lo que convierte el caso, como lo determinó el tribunal, de tramitación compleja, que los imputados no presentan arraigo, por lo que aplicar una medida que no sea la prisión preventiva, mantiene vigente el peligro de fuga y que los mismos puedan destruir pruebas que los incriminen.

Los imputados fueron arrestados mediante varios allanamientos realizados por la PETT, en coordinación con la Fiscalía de Santiago y el Departamento de Investigación de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes de la Policía Nacional.

El operativo fue realizado por las autoridades en la Torre Real VI, Torre I, del sector Nibaje, Santiago, lugar del que fueron rescatadas siete mujeres, seis de nacionalidad colombiana y una venezolana, las cuales eran retenidas y explotadas sexualmente por sus captores a cambio de dinero.

La investigación de esta estructura criminal inició por parte del Ministerio Público, luego de que dos de las victimas lograron escapar e informaron a las autoridades sobre la actividad realizada por sus captores en contra de ellas y de las demás mujeres retenidas, en condición de secuestro.

En la operación, entre los diversos elementos recolectados, se encontró una gran cantidad de preservativos de diversas marcas, así como lubricantes de uso sexual.

En el lugar también fueron incautados diversos tipos de sustancias controladas, presumiblemente cocaína, marihuana y metanfetaminas.

También, fueron ocupados varios cuadernos, los cuales eran utilizados para realizar una especie de reporte, en el cual figuran anotados los nombre de las féminas y montos de diversas sumas de dinero.

En el allanamiento, tanto en los apartamentos, como en posesión de los imputados, fueron encontrados diversas sumas de dinero en peso dominicano, dólares y peso colombiano.

Además, fueron retenidos los celulares y un computador utilizados por los imputados, entre otros elementos de prueba.

En el expediente, el Ministerio Público realiza la imputación provisional de violación a los tipos penales de trata de personas con fines de explotación sexual agravado, los cuales se encuentran tipificados y sancionados en las disposiciones de los artículos: 1, literales a y h; 3 y 7, literales b, c, d, de la Ley 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas y 5, 6 y 75, párrafo I, de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, todo esto en perjuicio de las víctimas arriba señaladas y del Estado dominicano.


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En el expediente, el Ministerio Público realiza la imputación provisional de violación a los tipos penales de trata de personas con fines de explotación sexual agravado, los cuales se encuentran tipificados y sancionados en las disposiciones de los artículos: 1, literales a y h; 3 y 7, literales b, c, d, de la Ley 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas y 5, 6 y 75, párrafo I, de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, todo esto en perjuicio de las víctimas arriba señaladas y del Estado dominicano.

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