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EN SALUD

Salud Pública cierra de manera definitiva la clínica Dreams Body Clinic and Spa

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 El cierre se produjo luego de un exhaustivo proceso de supervisión

Santo Domingo RD.- El Ministerio de Salud Pública, a través de la Dirección de Habilitación, en coordinación con el Ministerio Público, procedió al cierre del Centro Dreams Body Clinic and Spa, por incumplir los requisitos establecidos en la Ley General de Salud 42-01 y el Reglamento 11-38 de habilitación y acreditación que establece los requisitos para operar establecimientos de salud.

El referido centro, ubicado en la Gustavo Mejía Ricart, esquina Agustín Lara, Ensanche Piantini, pertenece al señor Franklin Polanco. Aquí se violan diversas disposiciones referentes a planta física, salud ambiental, áreas quirúrgicas inadecuadas, medicamentos vencidos y que además que su propietario no está registrado como doctor en medicina, en los registros de acreditación del Ministerio de Salud, es decir que carece de exequátur.

El cierre se produjo luego de un exhaustivo proceso de supervisión, donde técnicos de la Dirección de Habilitación comprobaron las siguientes violaciones a la Ley General de Salud, 42-01: el señor Franklin Polanco, quien está al frente del centro no cuenta con el aval el Ministerio de Salud, ya que no aparece en sus registros como doctor en medicina, es decir no posee el exequátur que lo acredita como médico,

Además, de que el establecimiento de salud no cumple con los requisitos mínimos establecidos en el Reglamento para la Habilitación de los Establecimientos y Servicios de Salud. No se almacenan medicamentos ni utensilios quirúrgicos de una manera adecuada.

La comisión de la Dirección General de Habilitación y Acreditación, el Inspector del Área V, acompañados de la Procuradora Fiscal en presencia de la representante del establecimiento también encontraron: Imperfecciones en la infraestructura, Filtraciones en las paredes y techos, Área quirúrgica en el segundo nivel con deterioro de filtraciones, sin aire acondicionado central, con aire acondicionado Split, los cuales emiten y esparcen partículas bacteriológicas que conllevan a la contaminación del aire y depósitos de partículas en heridas abiertas.

Además, mantienen una producción y distribución de detergente y manitas limpias y en el establecimiento de salud.

El ingeniero Eduardo de León, director Habilitación indicó que “Procederemos a cerrar aquellos establecimientos que no cuenten con la habilitación correspondiente; es nuestro deber garantizar que cumplan con la norma, y fiscalizar aquellos proveedores de salud que no cumplan”.

Dijo que cada proveedor de salud para operar sin problemas primero debe para verificar los requisitos mínimos de espacios y operatividad. Posteriormente, se emite una carta de No Objeción, donde se le indicará si usted cumple según el reglamento 11-38 dispuesto por la Dirección General de Habilitación para estos fines.

La DGHA es una dependencia del Viceministerio de Garantía de la Calidad del Ministerio de Salud Pública (MSP), regida por el Art: 100 de la Ley General de Salud 42-01, encargada de velar por todo el proceso de habilitación de los proveedores de salud en República Dominicana, tanto a nivel público como privado.

A partir de realizada formalmente la solicitud de Nueva Habilitación, el tiempo de respuesta es 45 días hábiles.


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El referido centro, ubicado en la Gustavo Mejía Ricart, esquina Agustín Lara, Ensanche Piantini, pertenece al señor Franklin Polanco. Aquí se violan diversas disposiciones referentes a planta física, salud ambiental, áreas quirúrgicas inadecuadas, medicamentos vencidos y que además que su propietario no está registrado como doctor en medicina, en los registros de acreditación del Ministerio de Salud, es decir que carece de exequátur.

El cierre se produjo luego de un exhaustivo proceso de supervisión, donde técnicos de la Dirección de Habilitación comprobaron las siguientes violaciones a la Ley General de Salud, 42-01: el señor Franklin Polanco, quien está al frente del centro no cuenta con el aval el Ministerio de Salud, ya que no aparece en sus registros como doctor en medicina, es decir no posee el exequátur que lo acredita como médico,

Además, de que el establecimiento de salud no cumple con los requisitos mínimos establecidos en el Reglamento para la Habilitación de los Establecimientos y Servicios de Salud. No se almacenan medicamentos ni utensilios quirúrgicos de una manera adecuada.

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Además, mantienen una producción y distribución de detergente y manitas limpias y en el establecimiento de salud.

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Dijo que cada proveedor de salud para operar sin problemas primero debe para verificar los requisitos mínimos de espacios y operatividad. Posteriormente, se emite una carta de No Objeción, donde se le indicará si usted cumple según el reglamento 11-38 dispuesto por la Dirección General de Habilitación para estos fines.

La DGHA es una dependencia del Viceministerio de Garantía de la Calidad del Ministerio de Salud Pública (MSP), regida por el Art: 100 de la Ley General de Salud 42-01, encargada de velar por todo el proceso de habilitación de los proveedores de salud en República Dominicana, tanto a nivel público como privado.

A partir de realizada formalmente la solicitud de Nueva Habilitación, el tiempo de respuesta es 45 días hábiles.

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