Connect with us
Anunciate en esta Pagina

EL PAIS

TC anula los tribunales disciplinarios dispuestos en ley del Colegio de Abogados

Published

on

Mediante sentencia TC/0331/26, dispuso la eliminación de las estructuras de juicio locales dispuestas en las provincias, determinando que, a partir de la fecha, subsistirá únicamente el Tribunal Disciplinario de Honor con sede en el Distrito Nacional para juzgar a los profesionales del derecho.

El Tribunal Constitucional realizó dos actos solemnes para conmemorar su décimo cuarto aniversario.

El Tribunal Constitucional realizó dos actos solemnes para conmemorar su décimo cuarto aniversario.JOSÉ ALBERTO MALDONADO/ LD

 

El Tribunal Constitucional (TC) declaró la inconstitucionalidad de los tribunales disciplinarios por cada distrito judicial establecidos en la Ley 3-19, que crea el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD).

Mediante sentencia TC/0331/26, dispuso la eliminación de las estructuras de juicio locales dispuestas en las provincias, determinando que, a partir de la fecha, subsistirá únicamente el Tribunal Disciplinario de Honor con sede en el Distrito Nacional para juzgar a los profesionales del derecho.

El fallo responde a una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el Movimiento para el Rescate del CARD (MORECA) contra múltiples artículos de la legislación gremial promulgada en enero de 2019.

El tribunal acogió en cuanto al fondo la demanda contra los artículos 56, 58 y sus párrafos I, II, III, IV y V, declarando su inconstitucionalidad con efectos inmediatos y hacia el porvenir. Estos textos daban base a los tribunales seccionales o provinciales.

Al ser expulsados del ordenamiento jurídico los organismos por distritos judiciales, el Tribunal Disciplinario de Honor Nacional asume la competencia exclusiva de primer grado para conocer denuncias por faltas éticas en el ejercicio de la profesión.

Para evitar un limbo jurídico, el Tribunal Constitucional aclaró en su disposición cuarta que la declaración de inconstitucionalidad no afectará la continuidad ni la instrucción de los casos que actualmente se están conociendo en las instancias de los distritos judiciales, los cuales podrán continuar hasta su debida finalización.

Por otra parte, la alta corte rechazó las pretensiones de MORECA dirigidas a eliminar el organismo disciplinario central.

De este modo, fueron declarados conformes con la Constitución los artículos 11 (letra 4), 21, 22 (párrafos I y II), 23 (y su único párrafo), 24, 30 y la disposición transitoria segunda, que estructuran al Tribunal Disciplinario de Honor del CARD.

El dictamen, emitido el 5 de junio de 2026, contó con la firma del pleno de jueces encabezado por su magistrado presidente, Napoleón Estévez Lavandier.


Articulos Recientes

EL PAIS16 horas ago

Arrestan en Santiago al expresidente del patronato del Oncológico del Cibao y a su esposa durante allanamiento

EL CORREO. El expresidente del patronato del Instituto Oncológico Regional del Cibao, Héctor Bienvenido Lora, y su esposa, Luisa Guzmán,...

EL PAIS16 horas ago

Al menos 16 empleados de Supérate resultan heridos tras accidente de autobús en Hato Mayor

EL CORREO .Al menos 16 empleados de la Dirección de Desarrollo Social Supérate resultaron afectados la mañana de este sábado...

DEPORTES16 horas ago

Korea del Sur viene de atras y vence a Republica Checa

EL CORREO. Corea del Sur vino de atrás para derrotar 2-1 a República Checa en su debut dentro del Grupo...

EL MUNDO16 horas ago

Trump anuncia firma de acuerdo con Irán para poner fin a la guerra este domingo

EL CORREO. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció este sábado que el acuerdo entre Washington y Teherán para...

DEPORTES16 horas ago

Bo Bichette impulsa a los Mets con dos jonrones y seis remolcadas ante Atlanta

EL CORREO. Los Mets de Nueva York derrotaron 7-5 a los Bravos de Atlanta gracias a una brillante actuación ofensiva...

DEPORTES16 horas ago

Sandy Alcántara alcanza los 1,000 ponches y lidera triunfo de los Marlins sobre Pittsburgh

EL CORREO. Miami, EE. UU. – El lanzador dominicano Sandy Alcántara alcanzó la histórica marca de 1,000 ponches en las...

DEPORTES16 horas ago

Knicks quedan a una victoria del título tras histórica remontada ante los Spurs

EL CORREO. EE. UU. – Las Finales de la NBA entre los New York Knicks y los San Antonio Spurs...

DEPORTES17 horas ago

George Russell conquista la pole en Cataluña y rompe el dominio de Antonelli

EL CORREO. España. – El británico George Russell, piloto de Mercedes, obtuvo este sábado la pole position para el Gran...

Política17 horas ago

Raúl Martínez vuelve a cantarsela al gobierno: No tienen autoridad moral para plantear una reforma tributaria mientras mantenga gastos injustificados

Secretaría de Asuntos Jurídicos de la Fuerza del Pueblo fortalece capacitación electoral de abogados en Santo Domingo Este Santo Domingo...

EL DINERO17 horas ago

EE. UU. derriba drones iraníes en el estrecho de Ormuz mientras avanzan negociaciones de paz

EL CORREO. Irán. – Estados Unidos informó este sábado que interceptó y derribó varios drones iraníes que presuntamente intentaban atacar...

Facebook

Mediante sentencia TC/0331/26, dispuso la eliminación de las estructuras de juicio locales dispuestas en las provincias, determinando que, a partir de la fecha, subsistirá únicamente el Tribunal Disciplinario de Honor con sede en el Distrito Nacional para juzgar a los profesionales del derecho.

El Tribunal Constitucional realizó dos actos solemnes para conmemorar su décimo cuarto aniversario.

El Tribunal Constitucional realizó dos actos solemnes para conmemorar su décimo cuarto aniversario.JOSÉ ALBERTO MALDONADO/ LD

 

El Tribunal Constitucional (TC) declaró la inconstitucionalidad de los tribunales disciplinarios por cada distrito judicial establecidos en la Ley 3-19, que crea el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD).

Mediante sentencia TC/0331/26, dispuso la eliminación de las estructuras de juicio locales dispuestas en las provincias, determinando que, a partir de la fecha, subsistirá únicamente el Tribunal Disciplinario de Honor con sede en el Distrito Nacional para juzgar a los profesionales del derecho.

El fallo responde a una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el Movimiento para el Rescate del CARD (MORECA) contra múltiples artículos de la legislación gremial promulgada en enero de 2019.

El tribunal acogió en cuanto al fondo la demanda contra los artículos 56, 58 y sus párrafos I, II, III, IV y V, declarando su inconstitucionalidad con efectos inmediatos y hacia el porvenir. Estos textos daban base a los tribunales seccionales o provinciales.

Al ser expulsados del ordenamiento jurídico los organismos por distritos judiciales, el Tribunal Disciplinario de Honor Nacional asume la competencia exclusiva de primer grado para conocer denuncias por faltas éticas en el ejercicio de la profesión.

Para evitar un limbo jurídico, el Tribunal Constitucional aclaró en su disposición cuarta que la declaración de inconstitucionalidad no afectará la continuidad ni la instrucción de los casos que actualmente se están conociendo en las instancias de los distritos judiciales, los cuales podrán continuar hasta su debida finalización.

Por otra parte, la alta corte rechazó las pretensiones de MORECA dirigidas a eliminar el organismo disciplinario central.

De este modo, fueron declarados conformes con la Constitución los artículos 11 (letra 4), 21, 22 (párrafos I y II), 23 (y su único párrafo), 24, 30 y la disposición transitoria segunda, que estructuran al Tribunal Disciplinario de Honor del CARD.

El dictamen, emitido el 5 de junio de 2026, contó con la firma del pleno de jueces encabezado por su magistrado presidente, Napoleón Estévez Lavandier.

Copyright © 2024 El Correo RD, Santiago de los Caballeros / Creado por @KRLOSDESIGNS