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Abogados siguen opuestos a Ley de Medios Digitales

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SANTO DOMINGO. El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) explicó que el Proyecto de Ley de Uso de Medios Digitales viola varios artículos de la Constitución y derechos fundamentales de los usuarios del sistema de justicia, durante una reunión con la Comisión de la Cámara de Diputados que estudia dicha pieza encabezada por Rogelio Genao Lanza. 

Surun Hernández quien asistió a la consulta en compañía de otros miembros del gremio, indicó de manera escrita y verbal que dicha pieza elaborada y depositada por el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, busca contrarrestar la declaratoria de inconstitucionalidad pronunciada por el Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia TC/0286/21, que estableció que la presencia física de las partes en la audiencia, es un mecanismo que procura salvaguardar los principios de inmediacioìn, concentración y contradicción de los usuarios. 

Agregó que dicho proyecto en sus artículos 11.2, 13, 14 pretende quitarle facultades al Congreso Nacional a través del establecimiento de la Ley “Habilitante”, con el objetivo de que el mismo ceda en favor de otro órgano sus potestades legislativas, sobre todo en materia de garantías fundamentales, lo que atenta contra el estado de derecho y contra la Constitución. 

Los juristas también denunciaron que dicha pieza plantea la realización de audiencias y procesos virtuales obligatorios, no opcionales con lo que viola la Tutela Judicial; además se consagra el acceso a los expedientes judiciales por la vía virtual, eliminando el acceso presencial a través de las Secretarías que establece la Constitución y la Ley 821. 

 “Este proyecto constituye en los hechos el cierre del acceso a la Justicia para el 70% de la población Dominicana que no tiene acceso a Internet, a equipos informáticos y que las audiencias virtuales serán a discreción de un Juez”, lo que vulnera los derechos de todos los usuarios del sistema, la Carta Magna y los Códigos de Procedimiento Civil, Código Procesal Penal,  Código de Trabajo y otros.”, expresó el presidente del CARD. 

Asimismo calificó como preocupante que el Proyecto de Ley de Uso de Medios Digitales pretenda dar validez probatoria a los documentos escaneados, tratándolos como originales, a pesar de ser fotocopias a color, lo que abriría las puertas a los fraudes judiciales, en perjuicio de la ciudadanía; así como con las audiencias virtuales cuyo resultado depende si te envían  o no el link de conexión, el acceso a la energía eléctrica, la permanencia o calidad del internet o de los equipos informáticos, lo que constituye en una desigualdad entre los usuarios. 

Recordó que “El artículo 69 de la Constitución de la República  habla sobre la Tutela Judicial y el Debido Proceso, indicando que toda persona tiene derecho a una justicia accesible, oportuna y gratuita y en este anteproyecto se violentan todos estos derechos”. 

Miguel Surun advirtió a los diputados que de aprobarse el proyecto en estos términos, el Congreso daría la espalda a nuestro sistema Constitucional y al precedente del TC, pues como tajantemente quedó establecido, en nuestro ordenamiento no hay espacio para que ningún órgano u ente público regule o limite a su antojo derechos fundamentales de la población 

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Surun Hernández quien asistió a la consulta en compañía de otros miembros del gremio, indicó de manera escrita y verbal que dicha pieza elaborada y depositada por el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, busca contrarrestar la declaratoria de inconstitucionalidad pronunciada por el Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia TC/0286/21, que estableció que la presencia física de las partes en la audiencia, es un mecanismo que procura salvaguardar los principios de inmediacioìn, concentración y contradicción de los usuarios. 

Agregó que dicho proyecto en sus artículos 11.2, 13, 14 pretende quitarle facultades al Congreso Nacional a través del establecimiento de la Ley “Habilitante”, con el objetivo de que el mismo ceda en favor de otro órgano sus potestades legislativas, sobre todo en materia de garantías fundamentales, lo que atenta contra el estado de derecho y contra la Constitución. 

Los juristas también denunciaron que dicha pieza plantea la realización de audiencias y procesos virtuales obligatorios, no opcionales con lo que viola la Tutela Judicial; además se consagra el acceso a los expedientes judiciales por la vía virtual, eliminando el acceso presencial a través de las Secretarías que establece la Constitución y la Ley 821. 

 “Este proyecto constituye en los hechos el cierre del acceso a la Justicia para el 70% de la población Dominicana que no tiene acceso a Internet, a equipos informáticos y que las audiencias virtuales serán a discreción de un Juez”, lo que vulnera los derechos de todos los usuarios del sistema, la Carta Magna y los Códigos de Procedimiento Civil, Código Procesal Penal,  Código de Trabajo y otros.”, expresó el presidente del CARD. 

Asimismo calificó como preocupante que el Proyecto de Ley de Uso de Medios Digitales pretenda dar validez probatoria a los documentos escaneados, tratándolos como originales, a pesar de ser fotocopias a color, lo que abriría las puertas a los fraudes judiciales, en perjuicio de la ciudadanía; así como con las audiencias virtuales cuyo resultado depende si te envían  o no el link de conexión, el acceso a la energía eléctrica, la permanencia o calidad del internet o de los equipos informáticos, lo que constituye en una desigualdad entre los usuarios. 

Recordó que “El artículo 69 de la Constitución de la República  habla sobre la Tutela Judicial y el Debido Proceso, indicando que toda persona tiene derecho a una justicia accesible, oportuna y gratuita y en este anteproyecto se violentan todos estos derechos”. 

Miguel Surun advirtió a los diputados que de aprobarse el proyecto en estos términos, el Congreso daría la espalda a nuestro sistema Constitucional y al precedente del TC, pues como tajantemente quedó establecido, en nuestro ordenamiento no hay espacio para que ningún órgano u ente público regule o limite a su antojo derechos fundamentales de la población 

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