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EL PAIS

Es el IDAC quien se encarga de aprobar los permisos para el uso de drones

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República Dominicana regula el uso de drones mediante el reglamento RAD-48

Desde canciones, sesiones fotográficas hasta el rodaje de producciones cinematográficas, el uso de drone se ha convertido en un recurso audiovisual frecuente en República Dominicana. Así lo afirmó el director ejecutivo del Instituto de Aviación Civil (IDAC), Héctor Porcella.

“Nosotros tenemos muchísimas solicitudes para el uso de drones en el país. Nosotros verificamos que cumplan con toda la documentación técnica y luego aprobar el uso de drones y aclarar su restricción en el espacio aéreo”, explicó. El funcionario se refiere al reglamento RAD-48.

De acuerdo con el funcionario, las zonas restringidas para subir drones se encuentran los aeropuertos, el Palacio Nacional, el Ministerio de Defensa, la Base Aérea de San Isidro, la Refinería Dominicana de Petróleo, la base Naval de Las Calderas y los comandos o campamentos militares.

“Además de controlar el paso aéreo, significa más seguridad operacional y que no ocurra ningún accidente o incidente, tenemos una regulación de drones, la RAD-48”, explicó a Acento, Porcella.

El IDAC recordó a los propietarios de drones que su operación está regulada para asegurar su correcto uso y evitar que representen un riesgo de seguridad o vulneren la privacidad de los dominicanos.

La noche del 10 de febrero del 2023, durante el concierto de Juan Luis Guerra y la banda 4.40, drones iluminaron el cielo con luces rojas, blancas y azules y figuras alusivas al aspirante a la Alcaldía de Santo Domingo Este, Dío Astancio.

El IDAC aprobó la solicitud de los drones que iluminaron el cielo durante el concierto de Juan Luis Guerra y su banda 4.40, para realizarse entre las 21:00 y las 21:30 hora local.

“Nosotros nos aseguramos de que técnicamente cumpla con las regulaciones”, afirmó Porcella en conversación con Acento. De hecho, agregó que “no fue violatorio a ningún reglamento, porque lo único que necesitaban era el permiso y cumplieron con los requisitos para otorgárselos”.

Las personas físicas o jurídicas que deseen operar un dron superior a las 4.4 libras deben solicitar un permiso para operarlo. De lo contrario, se establecen sanciones y penalizaciones por incluir las normas.

“Esta obra pone a la mesa que a futuro nosotros tenemos que trabajar en más normativas o se necesitaría una alianza”, acotó el titular del IDAC.

 


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“Nosotros tenemos muchísimas solicitudes para el uso de drones en el país. Nosotros verificamos que cumplan con toda la documentación técnica y luego aprobar el uso de drones y aclarar su restricción en el espacio aéreo”, explicó. El funcionario se refiere al reglamento RAD-48.

De acuerdo con el funcionario, las zonas restringidas para subir drones se encuentran los aeropuertos, el Palacio Nacional, el Ministerio de Defensa, la Base Aérea de San Isidro, la Refinería Dominicana de Petróleo, la base Naval de Las Calderas y los comandos o campamentos militares.

“Además de controlar el paso aéreo, significa más seguridad operacional y que no ocurra ningún accidente o incidente, tenemos una regulación de drones, la RAD-48”, explicó a Acento, Porcella.

El IDAC recordó a los propietarios de drones que su operación está regulada para asegurar su correcto uso y evitar que representen un riesgo de seguridad o vulneren la privacidad de los dominicanos.

La noche del 10 de febrero del 2023, durante el concierto de Juan Luis Guerra y la banda 4.40, drones iluminaron el cielo con luces rojas, blancas y azules y figuras alusivas al aspirante a la Alcaldía de Santo Domingo Este, Dío Astancio.

El IDAC aprobó la solicitud de los drones que iluminaron el cielo durante el concierto de Juan Luis Guerra y su banda 4.40, para realizarse entre las 21:00 y las 21:30 hora local.

“Nosotros nos aseguramos de que técnicamente cumpla con las regulaciones”, afirmó Porcella en conversación con Acento. De hecho, agregó que “no fue violatorio a ningún reglamento, porque lo único que necesitaban era el permiso y cumplieron con los requisitos para otorgárselos”.

Las personas físicas o jurídicas que deseen operar un dron superior a las 4.4 libras deben solicitar un permiso para operarlo. De lo contrario, se establecen sanciones y penalizaciones por incluir las normas.

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