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Gobierno declara de emergencia compras y contrataciones de bienes, servicios y obras para agilizar ayuda en San Cristóbal

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ElCorreoRD.- El gobierno dominicano, ante la evaluación preliminar de los daños sufridos por la población de San Cristóbal declaró de emergencia las compras y contrataciones de bienes, servicios y obras para ser utilizadas en las labores de ayuda humanitaria, rescate, construcción y reconstrucción de obras como consecuencia de los daños ocasionados por la explosión e incendios ocurridos la ciudad de San Cristóbal.

La medida está contenida en el decreto número 375-23 del día de ayer que tiene como objetivo agilizar la ayuda a San Cristóbal.

 

 

El citado decreto autoriza a distintas instituciones del estado a realizar los procesos de compras y contrataciones de bienes, servicios y obras a través de la excepción de emergencia nacional, para contrarrestar los efectos de la explosión e incendios ocurridos en la ciudad de San Cristóbal. Estos procedimientos de contratación por excepción deberán realizarse acorde con las disposiciones de la Constitución de la República y la normativa vigente en la materia de contrataciones públicas

Estas instituciones deberán rendir un informe detallado sobre las compras y contrataciones realizadas a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas, debiendo difundirlo a través del Portal de la institución, así como en el Portal Transaccional.

La declaratoria de estas compras y contrataciones de emergencia nacional tendrá una duración de treinta (30) días a partir de la fecha de emisión del decreto 375-23. Entre las instituciones instruidas a prestar especial asistencia destacan el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el Servicio Nacional de Salud, el Programa de Medicamentos Esenciales, la Defensa Civil, entre otras.

El gobierno reitera su compromiso y empeño en colaborar con la población afectada y cumplir el mandato constitucional de salvaguardar los derechos fundamentales de los ciudadanos, en especial en un momento de clara necesidad como el presente.

En su artículo 2 establece que las instituciones autorizadas para realizar los procesos de compras y contrataciones de bienes, servicios y obras a través de la excepción de emergencia nacional, para contrarrestar los efectos de la explosión e incendios ocurridos en la ciudad de San Cristóbal, las siguientes instituciones:

  1. Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
  2. Servicio Nacional de Salud
  3. Programa de Medicamentos Esenciales (PROMESE-CAL)
  4. Defensa Civil
  5. Dirección General de Proyectos Estratégicos y Especiales de la Presidencia
  6. Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC)
  7. Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED)
  8. Plan de Asistencia Social de la Presidencia
  9. Comedores Económicos del Estado Dominicano
  10. Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial
  11. Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA)
  12. Empresa de Transmisión Eléctrica (ETED)
  13. Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EDESUR)

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La medida está contenida en el decreto número 375-23 del día de ayer que tiene como objetivo agilizar la ayuda a San Cristóbal.

 

 

El citado decreto autoriza a distintas instituciones del estado a realizar los procesos de compras y contrataciones de bienes, servicios y obras a través de la excepción de emergencia nacional, para contrarrestar los efectos de la explosión e incendios ocurridos en la ciudad de San Cristóbal. Estos procedimientos de contratación por excepción deberán realizarse acorde con las disposiciones de la Constitución de la República y la normativa vigente en la materia de contrataciones públicas

Estas instituciones deberán rendir un informe detallado sobre las compras y contrataciones realizadas a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas, debiendo difundirlo a través del Portal de la institución, así como en el Portal Transaccional.

La declaratoria de estas compras y contrataciones de emergencia nacional tendrá una duración de treinta (30) días a partir de la fecha de emisión del decreto 375-23. Entre las instituciones instruidas a prestar especial asistencia destacan el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el Servicio Nacional de Salud, el Programa de Medicamentos Esenciales, la Defensa Civil, entre otras.

El gobierno reitera su compromiso y empeño en colaborar con la población afectada y cumplir el mandato constitucional de salvaguardar los derechos fundamentales de los ciudadanos, en especial en un momento de clara necesidad como el presente.

En su artículo 2 establece que las instituciones autorizadas para realizar los procesos de compras y contrataciones de bienes, servicios y obras a través de la excepción de emergencia nacional, para contrarrestar los efectos de la explosión e incendios ocurridos en la ciudad de San Cristóbal, las siguientes instituciones:

  1. Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
  2. Servicio Nacional de Salud
  3. Programa de Medicamentos Esenciales (PROMESE-CAL)
  4. Defensa Civil
  5. Dirección General de Proyectos Estratégicos y Especiales de la Presidencia
  6. Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC)
  7. Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED)
  8. Plan de Asistencia Social de la Presidencia
  9. Comedores Económicos del Estado Dominicano
  10. Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial
  11. Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA)
  12. Empresa de Transmisión Eléctrica (ETED)
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