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Iniciativas sobre Pruebas de Alcohol y Drogas a Conductores: Progresos y Retos.

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ELCORREORD—En los últimos 17 años, los gobiernos de Leonel Fernández, Danilo Medina y Luis Abinader han implementado varias iniciativas orientadas a reducir los accidentes viales mediante pruebas antidoping y de alcoholemia a los conductores del transporte público y de carga. A pesar de la expectativa inicial y el apoyo de empresarios del sector, estas medidas, con frecuencia, no han tenido continuidad ni se conocen los resultados concretos de su implementación.

En un informe reciente, Listín Diario subrayó la importancia de aplicar estas pruebas no solo a los conductores de autobuses, sino también a los de vehículos de carga, a fin de reducir el alto índice de accidentes viales en el país. Según una investigación del diario, en los últimos cinco años, 8,603 personas han perdido la vida en accidentes de tránsito en la República Dominicana, lo que pone en evidencia la urgencia de reforzar estas medidas.

Acuerdos Recientes y Planes Pilotos
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) firmó, el 11 de noviembre de 2024, un acuerdo con la Confederación Nacional de Organizaciones de Transporte (Conatra) para implementar pruebas sorpresivas de alcohol y drogas en los conductores del sector. Esta medida se produce después de que, el 25 de octubre, el Intrant iniciara un plan piloto en Santo Domingo, donde los agentes de tránsito comenzaron a aplicar las pruebas de alcoholemia a conductores, como parte de un esfuerzo por prevenir accidentes.

Un precedente importante de este tipo de pruebas fue establecido por Conatra en 2007, cuando su presidente, Antonio Marte, reveló que el 20% de los 1,000 conductores sometidos a prueba dio positivo a cocaína y otras sustancias. Marte destacó que, gracias a esos controles, los accidentes dentro de su gremio disminuyeron un 98%. Sin embargo, la implementación de estas pruebas a nivel nacional no ha sido consistente.

La Ley 63-17 y su Implementación
En 2017, la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, estableció sanciones claras para los conductores que resultaran positivos en pruebas de alcohol o drogas. Los artículos 256 a 263 de la ley detallan los procedimientos para la detección de estas sustancias, así como las sanciones para quienes violen la normativa.

Algunas de las disposiciones clave incluyen:

Prohibición de conducir bajo efectos de alcohol: El grado permitido de alcohol en sangre es de 0.5 gramos por litro, excepto para conductores de transporte público y de carga, donde el nivel debe ser 0.0 gramos.
Pruebas aleatorias: Los agentes de la DIGESETT pueden realizar controles aleatorios a conductores y peatones, incluso si el comportamiento de estos indica que su aptitud para conducir está comprometida.
Sanciones: Las violaciones incluyen multas, suspensión de licencia y en algunos casos, la cancelación de la misma.
A pesar de estas disposiciones, la efectividad de la ley y la aplicación consistente de estas pruebas continúan siendo un desafío. A lo largo de los años, los anuncios sobre la implementación de las pruebas y la colaboración con gremios del transporte se han sucedido sin generar un impacto duradero.

La Interrogante del Seguimiento y la Transparencia
Aunque Intrant y Conatra han lanzado recientemente un compromiso para llevar a cabo controles sorpresivos en las principales rutas del país, la pregunta sigue siendo si realmente habrá seguimiento real y transparencia en los resultados. La historia de anuncios que no se concretan en acciones sostenibles plantea dudas sobre la efectividad de estas medidas a largo plazo.

El compromiso de Antonio Marte, presidente de Conatra, de realizar pruebas sin informar las fechas a los conductores para aumentar la efectividad del control, es un paso positivo, pero el seguimiento a estas pruebas y la publicación de los resultados son fundamentales para medir el éxito de esta nueva iniciativa.

Un Clamor por la Reducción de los Accidentes Viales
En los últimos años, varias voces, incluyendo a Juan Hubieres, presidente de Fenatrano, y William Pérez Figuereo, presidente de la CNTU, han respaldado la idea de aplicar pruebas antidoping y psicológicas a los conductores, incluso antes de otorgarles una licencia para vehículos pesados. Aseguran que estas pruebas son una herramienta clave para disminuir la cantidad de accidentes fatales, que, lamentablemente, siguen aumentando.

El aumento de accidentes viales fatales en la República Dominicana, junto con la aplicación de medidas como las pruebas de alcoholemia y drogas, sigue siendo uno de los desafíos más grandes en términos de seguridad vial. La pregunta que persiste es si los avances en la ley y las nuevas medidas serán suficientes para enfrentar este creciente problema. La ciudadanía espera no solo palabras, sino acciones concretas y resultados visibles en la reducción de accidentes y en la mejora de la seguridad vial en el país.

 

 


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En un informe reciente, Listín Diario subrayó la importancia de aplicar estas pruebas no solo a los conductores de autobuses, sino también a los de vehículos de carga, a fin de reducir el alto índice de accidentes viales en el país. Según una investigación del diario, en los últimos cinco años, 8,603 personas han perdido la vida en accidentes de tránsito en la República Dominicana, lo que pone en evidencia la urgencia de reforzar estas medidas.

Acuerdos Recientes y Planes Pilotos
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) firmó, el 11 de noviembre de 2024, un acuerdo con la Confederación Nacional de Organizaciones de Transporte (Conatra) para implementar pruebas sorpresivas de alcohol y drogas en los conductores del sector. Esta medida se produce después de que, el 25 de octubre, el Intrant iniciara un plan piloto en Santo Domingo, donde los agentes de tránsito comenzaron a aplicar las pruebas de alcoholemia a conductores, como parte de un esfuerzo por prevenir accidentes.

Un precedente importante de este tipo de pruebas fue establecido por Conatra en 2007, cuando su presidente, Antonio Marte, reveló que el 20% de los 1,000 conductores sometidos a prueba dio positivo a cocaína y otras sustancias. Marte destacó que, gracias a esos controles, los accidentes dentro de su gremio disminuyeron un 98%. Sin embargo, la implementación de estas pruebas a nivel nacional no ha sido consistente.

La Ley 63-17 y su Implementación
En 2017, la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, estableció sanciones claras para los conductores que resultaran positivos en pruebas de alcohol o drogas. Los artículos 256 a 263 de la ley detallan los procedimientos para la detección de estas sustancias, así como las sanciones para quienes violen la normativa.

Algunas de las disposiciones clave incluyen:

Prohibición de conducir bajo efectos de alcohol: El grado permitido de alcohol en sangre es de 0.5 gramos por litro, excepto para conductores de transporte público y de carga, donde el nivel debe ser 0.0 gramos.
Pruebas aleatorias: Los agentes de la DIGESETT pueden realizar controles aleatorios a conductores y peatones, incluso si el comportamiento de estos indica que su aptitud para conducir está comprometida.
Sanciones: Las violaciones incluyen multas, suspensión de licencia y en algunos casos, la cancelación de la misma.
A pesar de estas disposiciones, la efectividad de la ley y la aplicación consistente de estas pruebas continúan siendo un desafío. A lo largo de los años, los anuncios sobre la implementación de las pruebas y la colaboración con gremios del transporte se han sucedido sin generar un impacto duradero.

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