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LF vuelve a criticar la JCE por limitar actividades políticas

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ElCorreoRD.- La Junta Central Electoral (JCE) estaría chocando con preceptos constitucionales si insiste en limitar las actividades de campaña, aseguró Leonel Fernández, presidente del partido Fuerza del Pueblo (FP).

Fernández afirmó que con la pretensión de aplicación del Comunicado de Admonición, emitido por la JCE, “se pone en riesgo” la democracia en República Dominicana.

“Nosotros demostramos la defensa irrestricta, indomable de la Constitución, de ser necesario, lo haremos una segunda vez y cuantas veces sea necesario”, advirtió.

El pasado viernes 25 de este mes, venció el plazo que dio la JCE a los partidos políticos para que cesen actividades como mítines, caravanas y publicidad en espacios públicos de cara a las elecciones de 2024.

Fernández ha insistido en que la decisión de la JCE vulnera la Constitución. En ese sentido, citó que el Tribunal Constitucional de la República Dominicana, mediante la sentencia TC/0052/22, del 22 de febrero de 2022, dictaminó que las prohibiciones contenidas en el artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, 33-18 (base del comunicado de la JCE), “más que ir en beneficio de la colectividad, limita uno de los derechos fundamentales más importantes en nuestro ordenamiento constitucional, la libertad de expresión y difusión del pensamiento”.

Explicó que en la indicada sentencia se estableció de manera concreta que el numeral 7, del citado artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que prohíbe, “la promoción política a través de mensajes publicitarios colocados y transmitidos por los diferentes medios de comunicación radial y televisiva”, no era conforme con la Constitución.

“Por lo que, procedió a declarar su nulidad, en razón de que esta prohibición se traducía, en una restricción del derecho a la libertad de expresión, al impedir que los precandidatos pudieran exponer en los medios radiales y televisivos sus propuestas”, apuntó.

El aspirante presidencial recordó que de acuerdo a lo establecido en el artículo 33 de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional, y de los procedimientos constitucionales, las decisiones del Tribunal Constitucional son definitivas e irrevocables y, constituyen precedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado”.

Todos los partidos de oposición han rechazado la decisión de la JCE, pero el Partido Revolucionario Moderno (PRM), dijo que la respetará y suspendió algunas actividades.

Partidos de oposición intensifican presión JCE

Los partidos de oposición han intensificado la presión a la JCE para que deje sin efecto la decisión de prohibir la propaganda en los espacios públicos, los mítines y caravanas que hacen los partidos en el periodo de la precampaña y que el órgano alega que está prohibido por la ley. Los tres principales partidos de oposición van hoy de nuevo a la sede de la JCE para exigir al pleno del órgano que deje sin efecto la decisión por inconstitucional.

 

 

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Fernández afirmó que con la pretensión de aplicación del Comunicado de Admonición, emitido por la JCE, “se pone en riesgo” la democracia en República Dominicana.

“Nosotros demostramos la defensa irrestricta, indomable de la Constitución, de ser necesario, lo haremos una segunda vez y cuantas veces sea necesario”, advirtió.

El pasado viernes 25 de este mes, venció el plazo que dio la JCE a los partidos políticos para que cesen actividades como mítines, caravanas y publicidad en espacios públicos de cara a las elecciones de 2024.

Fernández ha insistido en que la decisión de la JCE vulnera la Constitución. En ese sentido, citó que el Tribunal Constitucional de la República Dominicana, mediante la sentencia TC/0052/22, del 22 de febrero de 2022, dictaminó que las prohibiciones contenidas en el artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, 33-18 (base del comunicado de la JCE), “más que ir en beneficio de la colectividad, limita uno de los derechos fundamentales más importantes en nuestro ordenamiento constitucional, la libertad de expresión y difusión del pensamiento”.

Explicó que en la indicada sentencia se estableció de manera concreta que el numeral 7, del citado artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que prohíbe, “la promoción política a través de mensajes publicitarios colocados y transmitidos por los diferentes medios de comunicación radial y televisiva”, no era conforme con la Constitución.

“Por lo que, procedió a declarar su nulidad, en razón de que esta prohibición se traducía, en una restricción del derecho a la libertad de expresión, al impedir que los precandidatos pudieran exponer en los medios radiales y televisivos sus propuestas”, apuntó.

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