Connect with us
Anunciate en esta Pagina

EL PAIS

Sentencia del constitucional favorece a PGR en caso Bahia de las Aguilas

Published

on

EL CORREO. SANTO DOMINGO (República Dominicana).- El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia en favor de la Procuraduría General de la República y del juez presidente de la Tercera Sala de la Cámara de Tierras, Laboral, Contencioso y Administrativo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Manuel Ramón Herrera Carbuccia, quien fue objeto de una querella por supuestas irregularidades en el caso Bahía de las Águilas.

La querella, que tuvo como fallo el desagravio en favor del magistrado Herrera Carbuccia, fue presentada por el consejo de abogados del caso Bahía de las Águilas, encabezado por la empresa Global Multibussines Corporation, representada por Rafael Helena Regalado.

En su señalamiento, este consejo de abogados argumentó la existencia de presuntas irregularidades procesales, violación del debido proceso, afectación a los derechos de propiedad y existencia de un esquema de soborno y corrupción judicial que habría inclinado la balanza en favor del Estado dominicano y del Ministerio Público, en el caso Bahía de las Águilas.

Con dicha estrategia, los querellantes perseguían que se reexaminara el caso, bajo el alegato de que en las sentencias que favorecieron al Estado dominicano no se había garantizado un proceso justo y transparente para todas las partes involucradas.

El conflicto judicial, que tuvo su origen en la querella con constitución en actor civil radicada por la entidad de comercio Global Multibusiness Corporation, S.R.L., el15 de enero 2019, en contra del juez Herrera Carbccia, los querellantes señalaron que con su actuación, el magistrado había cometido una alegada violación a los artículos 20 de la Ley núm. 3726, sobre Procedimiento de Casación de República Dominicana (modificada por la Ley núm. 491-08); artículos 166, 167, 177, 178, 179, 183 del Código Penal Dominicano, sus principios I, IV y XIII.

También señalaban la supuesta transgresión a los artículos 146, 152 y siguientes de la Constitución dominicana; vulneración de los artículos VI, numeral 1, letras a), b), c) y e) de la Convención Interamericana contra la Corrupción; Código de Ética Iberoamericano, del 29 de marzo de 1996, que tipifican la prevaricación, cohecho, soborno y corrupción, cargos que fueron desestimados en la decisión del Tribunal Constitucional.

Luego de la investigación, en ocasión de la querella en contra del juez Herrera Carbuccia, el Ministerio Público, debidamente representado por el procurador adjunto Víctor Robustiano Peña, había ordenado el archivo definitivo de las imputaciones mediante dictamen núm. 1382, del 4 de marzo de 2019, tras considerar que no existían fundamentos ni pruebas y por ser manifiesto que los hechos que se les imputan al querellado no constituían infracciones penales.

El citado dictamen de archivo fue objetado ante el juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, por tratarse de un imputado con jurisdicción privilegiada.

El Juzgado de la Instrucción Especial de la Jurisdicción Privilegiada dictó la Resolución núm. 10-2021, del 21 de mayo del 2021, rechazando la objeción y ratificando en todas sus partes el dictamen de archivo.

Finalmente, esta decisión fue recurrida en apelación ante la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, que dictó al efecto la Resolución núm. 001-022-2021-SRES-01024, de fecha 19 de julio de 2021, desestimando dicho recurso y confirmando en todas sus partes la decisión recurrida.

La indicada resolución fue posteriormente impugnada ante el tribunal constitucional, mediante el Expediente núm. TC-04-2023-0082, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Global Multibusiness Corporation S.R.L.

Emitiendo el TC la actual sentencia TC/0952/23, de fecha 27 el mes de diciembre de 2023, en cuya parte dispositiva declaró inadmisible el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la entidad Global Multibusiness Corporation S.R.L., contra la Resolución núm. 001-022-2021-SRES-01024, del 19 de julio de 2021, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia.

También ordenó la comunicación de esta sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, la entidad Global Multibusiness Corporation S.R.L., y a la parte recurrida, Procuraduría General de la República.


Articulos Recientes

EL MUNDO4 horas ago

2026By Henry Arias Abad   Miami, Florida. – El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, afirmó este sábado que tiene...

EL MUNDO4 horas ago

El más rico: 17 mil casas, 300 carros, 38 aviones y 52 barcos en oro

Las monarquías modernas mantienen realidades muy diferentes entre sí. Mientras algunas casas reales europeas tienen funciones principalmente simbólicas y presupuestos...

Home1 día ago

Alcaldesa de Las Palomas se reúne con encargado de INAPA para dar seguimiento a obras en la comunidad

Por Carlos Miguel Fernandez, Las Palomas, Licey al Medio.– La alcaldesa del Distrito Municipal de Las Palomas, Raysa Vásquez, sostuvo un encuentro...

EL PAIS1 día ago

Implicaciones Penales: La maestra de SDE podría enfrentar hasta 30 años de prisión

El Ministerio Público ha iniciado una investigación técnica del video captado en el centro Mi Segundo Hogar Little Steps. Según...

EL PAIS1 día ago

Centro Little Steps se disculpa y confirma arresto de maestra por agresión a menor

Santo Domingo Este. – El centro de estimulación temprana Mi Segundo Hogar Little Steps, ubicado en Alma Rosa I, rompió...

EL DINERO1 día ago

Hito en la banca RD: Mujeres superan a los hombres en cantidad de préstamos por primera vez

Santo Domingo, RD. – La Superintendencia de Bancos (SB) reveló que la inclusión financiera femenina ha alcanzado un punto de...

DEPORTES1 día ago

El Gran Santo Domingo: La principal cantera de República Dominicana en el Clásico Mundial

Análisis Deportivo. – A lo largo de las seis ediciones del Clásico Mundial de Béisbol (WBC), el origen geográfico de...

EL MUNDO1 día ago

Tragedia en Belo Horizonte: Ocho fallecidos tras colapso de una residencia de ancianos

Belo Horizonte, Brasil. – Los equipos de rescate del Cuerpo de Bomberos de Minas Gerais trabajan intensamente tras el derrumbe...

EL PAIS1 día ago

Alerta Verde en el Gran Santo Domingo y otras provincias por lluvias este fin de semana

Santo Domingo, RD. – El Centro de Operaciones de Emergencias (COE) emitió este viernes un nivel de alerta verde para...

EL MUNDO1 día ago

Cumbre en la frontera: Petro y Delcy Rodríguez se reunirán el 13 de marzo en Cúcuta

Bogotá/Cúcuta. – El panorama político regional se prepara para un encuentro determinante. El presidente de Colombia, Gustavo Petro, y la...

Facebook

EL CORREO. SANTO DOMINGO (República Dominicana).- El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia en favor de la Procuraduría General de la República y del juez presidente de la Tercera Sala de la Cámara de Tierras, Laboral, Contencioso y Administrativo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Manuel Ramón Herrera Carbuccia, quien fue objeto de una querella por supuestas irregularidades en el caso Bahía de las Águilas.

La querella, que tuvo como fallo el desagravio en favor del magistrado Herrera Carbuccia, fue presentada por el consejo de abogados del caso Bahía de las Águilas, encabezado por la empresa Global Multibussines Corporation, representada por Rafael Helena Regalado.

En su señalamiento, este consejo de abogados argumentó la existencia de presuntas irregularidades procesales, violación del debido proceso, afectación a los derechos de propiedad y existencia de un esquema de soborno y corrupción judicial que habría inclinado la balanza en favor del Estado dominicano y del Ministerio Público, en el caso Bahía de las Águilas.

Con dicha estrategia, los querellantes perseguían que se reexaminara el caso, bajo el alegato de que en las sentencias que favorecieron al Estado dominicano no se había garantizado un proceso justo y transparente para todas las partes involucradas.

El conflicto judicial, que tuvo su origen en la querella con constitución en actor civil radicada por la entidad de comercio Global Multibusiness Corporation, S.R.L., el15 de enero 2019, en contra del juez Herrera Carbccia, los querellantes señalaron que con su actuación, el magistrado había cometido una alegada violación a los artículos 20 de la Ley núm. 3726, sobre Procedimiento de Casación de República Dominicana (modificada por la Ley núm. 491-08); artículos 166, 167, 177, 178, 179, 183 del Código Penal Dominicano, sus principios I, IV y XIII.

También señalaban la supuesta transgresión a los artículos 146, 152 y siguientes de la Constitución dominicana; vulneración de los artículos VI, numeral 1, letras a), b), c) y e) de la Convención Interamericana contra la Corrupción; Código de Ética Iberoamericano, del 29 de marzo de 1996, que tipifican la prevaricación, cohecho, soborno y corrupción, cargos que fueron desestimados en la decisión del Tribunal Constitucional.

Luego de la investigación, en ocasión de la querella en contra del juez Herrera Carbuccia, el Ministerio Público, debidamente representado por el procurador adjunto Víctor Robustiano Peña, había ordenado el archivo definitivo de las imputaciones mediante dictamen núm. 1382, del 4 de marzo de 2019, tras considerar que no existían fundamentos ni pruebas y por ser manifiesto que los hechos que se les imputan al querellado no constituían infracciones penales.

El citado dictamen de archivo fue objetado ante el juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, por tratarse de un imputado con jurisdicción privilegiada.

El Juzgado de la Instrucción Especial de la Jurisdicción Privilegiada dictó la Resolución núm. 10-2021, del 21 de mayo del 2021, rechazando la objeción y ratificando en todas sus partes el dictamen de archivo.

Finalmente, esta decisión fue recurrida en apelación ante la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, que dictó al efecto la Resolución núm. 001-022-2021-SRES-01024, de fecha 19 de julio de 2021, desestimando dicho recurso y confirmando en todas sus partes la decisión recurrida.

La indicada resolución fue posteriormente impugnada ante el tribunal constitucional, mediante el Expediente núm. TC-04-2023-0082, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Global Multibusiness Corporation S.R.L.

Emitiendo el TC la actual sentencia TC/0952/23, de fecha 27 el mes de diciembre de 2023, en cuya parte dispositiva declaró inadmisible el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la entidad Global Multibusiness Corporation S.R.L., contra la Resolución núm. 001-022-2021-SRES-01024, del 19 de julio de 2021, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia.

También ordenó la comunicación de esta sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, la entidad Global Multibusiness Corporation S.R.L., y a la parte recurrida, Procuraduría General de la República.

Copyright © 2024 El Correo RD, Santiago de los Caballeros / Creado por @KRLOSDESIGNS