Connect with us
Anunciate en esta Pagina

EL PAIS

Sentencia del constitucional favorece a PGR en caso Bahia de las Aguilas

Published

on

EL CORREO. SANTO DOMINGO (República Dominicana).- El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia en favor de la Procuraduría General de la República y del juez presidente de la Tercera Sala de la Cámara de Tierras, Laboral, Contencioso y Administrativo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Manuel Ramón Herrera Carbuccia, quien fue objeto de una querella por supuestas irregularidades en el caso Bahía de las Águilas.

La querella, que tuvo como fallo el desagravio en favor del magistrado Herrera Carbuccia, fue presentada por el consejo de abogados del caso Bahía de las Águilas, encabezado por la empresa Global Multibussines Corporation, representada por Rafael Helena Regalado.

En su señalamiento, este consejo de abogados argumentó la existencia de presuntas irregularidades procesales, violación del debido proceso, afectación a los derechos de propiedad y existencia de un esquema de soborno y corrupción judicial que habría inclinado la balanza en favor del Estado dominicano y del Ministerio Público, en el caso Bahía de las Águilas.

Con dicha estrategia, los querellantes perseguían que se reexaminara el caso, bajo el alegato de que en las sentencias que favorecieron al Estado dominicano no se había garantizado un proceso justo y transparente para todas las partes involucradas.

El conflicto judicial, que tuvo su origen en la querella con constitución en actor civil radicada por la entidad de comercio Global Multibusiness Corporation, S.R.L., el15 de enero 2019, en contra del juez Herrera Carbccia, los querellantes señalaron que con su actuación, el magistrado había cometido una alegada violación a los artículos 20 de la Ley núm. 3726, sobre Procedimiento de Casación de República Dominicana (modificada por la Ley núm. 491-08); artículos 166, 167, 177, 178, 179, 183 del Código Penal Dominicano, sus principios I, IV y XIII.

También señalaban la supuesta transgresión a los artículos 146, 152 y siguientes de la Constitución dominicana; vulneración de los artículos VI, numeral 1, letras a), b), c) y e) de la Convención Interamericana contra la Corrupción; Código de Ética Iberoamericano, del 29 de marzo de 1996, que tipifican la prevaricación, cohecho, soborno y corrupción, cargos que fueron desestimados en la decisión del Tribunal Constitucional.

Luego de la investigación, en ocasión de la querella en contra del juez Herrera Carbuccia, el Ministerio Público, debidamente representado por el procurador adjunto Víctor Robustiano Peña, había ordenado el archivo definitivo de las imputaciones mediante dictamen núm. 1382, del 4 de marzo de 2019, tras considerar que no existían fundamentos ni pruebas y por ser manifiesto que los hechos que se les imputan al querellado no constituían infracciones penales.

El citado dictamen de archivo fue objetado ante el juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, por tratarse de un imputado con jurisdicción privilegiada.

El Juzgado de la Instrucción Especial de la Jurisdicción Privilegiada dictó la Resolución núm. 10-2021, del 21 de mayo del 2021, rechazando la objeción y ratificando en todas sus partes el dictamen de archivo.

Finalmente, esta decisión fue recurrida en apelación ante la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, que dictó al efecto la Resolución núm. 001-022-2021-SRES-01024, de fecha 19 de julio de 2021, desestimando dicho recurso y confirmando en todas sus partes la decisión recurrida.

La indicada resolución fue posteriormente impugnada ante el tribunal constitucional, mediante el Expediente núm. TC-04-2023-0082, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Global Multibusiness Corporation S.R.L.

Emitiendo el TC la actual sentencia TC/0952/23, de fecha 27 el mes de diciembre de 2023, en cuya parte dispositiva declaró inadmisible el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la entidad Global Multibusiness Corporation S.R.L., contra la Resolución núm. 001-022-2021-SRES-01024, del 19 de julio de 2021, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia.

También ordenó la comunicación de esta sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, la entidad Global Multibusiness Corporation S.R.L., y a la parte recurrida, Procuraduría General de la República.


Articulos Recientes

EL DINERO4 días ago

“Con las manos abiertas”: Alejandro Fernández anuncia su salida de la Superintendencia de Bancos tras seis años

SANTO DOMINGO.– Con un emotivo mensaje de despedida, Alejandro Fernández Whipple anunció que no continuará al frente de la Superintendencia...

EL MUNDO4 días ago

🕊️ Guterres celebra acuerdo para el desarme de Hamás: “El mundo no puede permitirse más guerra”

NACIONES UNIDAS.– El secretario general de la ONU, António Guterres, saludó este viernes el acuerdo anunciado para el desarme de...

EL PAIS4 días ago

Perro detector destapa envío sospechoso: DNCD ocupa presunta marihuana en el AILA

BOCA CHICA.– Agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y miembros del Ministerio Público ocuparon ocho paquetes...

El Cibao4 días ago

🎲 Una discusión durante un juego de dados termina en tragedia en Santiago

SANTIAGO.– Una discusión ocurrida durante un juego de dados dejó como saldo la muerte de Domingo Andrés Acevedo Peña, de...

EL PAIS4 días ago

Caso Melanie Castillo: aplazan para el 6 de agosto audiencia de coerción contra mujer acusada de homicidio en Higüey

HIGÜEY, LA ALTAGRACIA.– La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de La Altagracia aplazó para el próximo 6 de...

EL PAIS4 días ago

🌧️ ¡Santo Domingo bajo vigilancia! COE activa alerta verde por posibles inundaciones y crecidas de ríos

SANTO DOMINGO.– El Centro de Operaciones de Emergencias (COE) colocó este viernes en alerta verde al Gran Santo Domingo, el...

Política4 días ago

Omar Fernández pide “mano dura” contra traficantes de migrantes haitianos y propone sanciones más fuertes

SANTO DOMINGO.– El senador por el Distrito Nacional, Omar Fernández, pidió establecer sanciones más severas contra quienes se dedican al...

EL PAIS4 días ago

¡A buscar gangas! Bienes Nacionales subasta más de 120 vehículos y artículos en su segunda puja de 2026

SANTO DOMINGO.– La Dirección Nacional de Bienes Nacionales inició su segunda subasta pública del año 2026, en la que se...

EL PAIS4 días ago

🚨 Tragedia en Naco: muere mujer baleada en una plaza; investigan ataque dirigido contra testigo judicial

SANTO DOMINGO.– Falleció la noche del jueves Yhatnna Gelisa Cordero Bello, de 37 años, la mujer que había resultado herida...

EL MUNDO4 días ago

Frontera bajo tensión: miles de migrantes desafían controles entre Marruecos y España rumbo a Ceuta

MARRUECOS/ESPAÑA.– Miles de personas continúan ejerciendo presión sobre la frontera entre Marruecos y España, mientras las autoridades marroquíes intensifican los...

Facebook

EL CORREO. SANTO DOMINGO (República Dominicana).- El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia en favor de la Procuraduría General de la República y del juez presidente de la Tercera Sala de la Cámara de Tierras, Laboral, Contencioso y Administrativo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Manuel Ramón Herrera Carbuccia, quien fue objeto de una querella por supuestas irregularidades en el caso Bahía de las Águilas.

La querella, que tuvo como fallo el desagravio en favor del magistrado Herrera Carbuccia, fue presentada por el consejo de abogados del caso Bahía de las Águilas, encabezado por la empresa Global Multibussines Corporation, representada por Rafael Helena Regalado.

En su señalamiento, este consejo de abogados argumentó la existencia de presuntas irregularidades procesales, violación del debido proceso, afectación a los derechos de propiedad y existencia de un esquema de soborno y corrupción judicial que habría inclinado la balanza en favor del Estado dominicano y del Ministerio Público, en el caso Bahía de las Águilas.

Con dicha estrategia, los querellantes perseguían que se reexaminara el caso, bajo el alegato de que en las sentencias que favorecieron al Estado dominicano no se había garantizado un proceso justo y transparente para todas las partes involucradas.

El conflicto judicial, que tuvo su origen en la querella con constitución en actor civil radicada por la entidad de comercio Global Multibusiness Corporation, S.R.L., el15 de enero 2019, en contra del juez Herrera Carbccia, los querellantes señalaron que con su actuación, el magistrado había cometido una alegada violación a los artículos 20 de la Ley núm. 3726, sobre Procedimiento de Casación de República Dominicana (modificada por la Ley núm. 491-08); artículos 166, 167, 177, 178, 179, 183 del Código Penal Dominicano, sus principios I, IV y XIII.

También señalaban la supuesta transgresión a los artículos 146, 152 y siguientes de la Constitución dominicana; vulneración de los artículos VI, numeral 1, letras a), b), c) y e) de la Convención Interamericana contra la Corrupción; Código de Ética Iberoamericano, del 29 de marzo de 1996, que tipifican la prevaricación, cohecho, soborno y corrupción, cargos que fueron desestimados en la decisión del Tribunal Constitucional.

Luego de la investigación, en ocasión de la querella en contra del juez Herrera Carbuccia, el Ministerio Público, debidamente representado por el procurador adjunto Víctor Robustiano Peña, había ordenado el archivo definitivo de las imputaciones mediante dictamen núm. 1382, del 4 de marzo de 2019, tras considerar que no existían fundamentos ni pruebas y por ser manifiesto que los hechos que se les imputan al querellado no constituían infracciones penales.

El citado dictamen de archivo fue objetado ante el juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, por tratarse de un imputado con jurisdicción privilegiada.

El Juzgado de la Instrucción Especial de la Jurisdicción Privilegiada dictó la Resolución núm. 10-2021, del 21 de mayo del 2021, rechazando la objeción y ratificando en todas sus partes el dictamen de archivo.

Finalmente, esta decisión fue recurrida en apelación ante la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, que dictó al efecto la Resolución núm. 001-022-2021-SRES-01024, de fecha 19 de julio de 2021, desestimando dicho recurso y confirmando en todas sus partes la decisión recurrida.

La indicada resolución fue posteriormente impugnada ante el tribunal constitucional, mediante el Expediente núm. TC-04-2023-0082, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Global Multibusiness Corporation S.R.L.

Emitiendo el TC la actual sentencia TC/0952/23, de fecha 27 el mes de diciembre de 2023, en cuya parte dispositiva declaró inadmisible el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la entidad Global Multibusiness Corporation S.R.L., contra la Resolución núm. 001-022-2021-SRES-01024, del 19 de julio de 2021, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia.

También ordenó la comunicación de esta sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, la entidad Global Multibusiness Corporation S.R.L., y a la parte recurrida, Procuraduría General de la República.

Copyright © 2024 El Correo RD, Santiago de los Caballeros / Creado por @KRLOSDESIGNS