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EL PAIS

TC ordena a empresa pública pagar una pensión a un trabajador por antigüedad en el servicio

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Santo Domingo, RD

El Tribunal Constitucional ordenó a ProDominicana  que salde  inmediatamente ante el sistema de seguridad social todas las cotizaciones pendientes concernientes a un trabajador y que le entregue una pensión por antigüedad en el servicio al Estado.

Acogió una  acción de amparo interpuesta el 30 de julio de 2018 por el señor José Selmo Ortega contra ProDominicana, antiguo Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana.

Impuso  a esa institución  el pago de una astreinte de RD$20,000,  liquidable a favor del accionante, a partir de transcurridos 30 días contados de  la notificación de la sentencia.

A su vez, el TC revocó  la sentencia número  0030-03-2018-SSEN-00280, dictada el 18 de septiembre de 2018 por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), la cual declaró inadmisible el reclamo del accionante por considerar que la vía efectiva es la jurisdicción laboral.

El dispositivo de la sentencia fue publicado en el comunicado 56/21, de fecha 19 de noviembre.


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El Tribunal Constitucional ordenó a ProDominicana  que salde  inmediatamente ante el sistema de seguridad social todas las cotizaciones pendientes concernientes a un trabajador y que le entregue una pensión por antigüedad en el servicio al Estado.

Acogió una  acción de amparo interpuesta el 30 de julio de 2018 por el señor José Selmo Ortega contra ProDominicana, antiguo Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana.

Impuso  a esa institución  el pago de una astreinte de RD$20,000,  liquidable a favor del accionante, a partir de transcurridos 30 días contados de  la notificación de la sentencia.

A su vez, el TC revocó  la sentencia número  0030-03-2018-SSEN-00280, dictada el 18 de septiembre de 2018 por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), la cual declaró inadmisible el reclamo del accionante por considerar que la vía efectiva es la jurisdicción laboral.

El dispositivo de la sentencia fue publicado en el comunicado 56/21, de fecha 19 de noviembre.

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