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VOLVIMOS AL "CALIESAJE"? NUEVA LEY PENARÍA CON CÁRCEL A QUIEN NIEGUE INFORMAR AL DNI

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La labor que se supone corresponde a los organismos de inteligencia por haber capacitado a su personal para esos fines, ahora se la quieren pegar al ciudadano, con lo cual se pondrá en peligro la libertad y el derecho fundamental de cada ciudadano a no incriminarse y a respetar el secreto profesional establecidos en la constitución de la república, peor aun, harán Incursionar en esa labor a dirigentes pollitos para convertirlos en chivatos de opositores.

Por Lic. Leonardo Tavarez. (leonardo-tv@hotmail.com)

Santo Domingo.-El proyecto de ley que busca crear la Dirección Nacional de Inteligencia, obligará, bajo la pena de aplicar sanciones, a todas las dependencias del Estado, instituciones privadas y personas, a entregar las informaciones que ese organismo necesite para cumplir con sus funciones de salvaguardar la seguridad nacional.

En consecuencia, serían castigados con prisión correccional de seis meses a dos años, y una multa de 100 a 150 salarios mínimos vigentes, quienes se nieguen a entregar las informaciones a la Dirección de Inteligencia. La penalidad se aplicaría conforme al artículo 88 de la Ley 172-13 que tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros públicos, bancos de datos u otros medios técnicos de tratamiento de datos destinados a dar informes, sean estos públicos o privados.

Esa penalidad es un punto nuevo, puesto que hasta ahora las instituciones ofrecían las informaciones a modo de colaboración, pero no había sanciones en caso de no hacerlo.

La propuesta sometida al Congreso por el Poder Ejecutivo fue conocida en la agenda de este jueves en el Senado donde se dispuso su envío a comisiones.

La Dirección Nacional de Inteligencia tendrá las atribuciones de investigar cualquier acto que atente contra la Constitución y las instituciones del Estado, ponga en riesgo la seguridad nacional o trate de establecer una forma de gobierno contraría al ordena- miento constitucional. En este aspecto se amplía el artículo 1 de la actual Ley 587, que dice: “Este Departamento tendrá facultad para investigar cualquier acto cometido por personas, grupos o asociaciones, que atenten contra la Constitución y las leyes de la República, las instituciones del Estado o que traten de establecer una forma de gobierno totalitario”.

Además tiene la responsabilidad de proteger a las instituciones del Estado, los recursos e instalaciones estratégicas públicas y privadas de actos de penetración, infiltración, espionaje, sabotaje u otras activi- dades de inteligencia desarrolladas por personas, grupos, asociaciones, gobiernos extranjeros u organiza- ciones criminales armadas, entre otros.
El anteproyecto establece que serán de carácter confidenciales y estará prohibida la divulgación de las informaciones, planes y o-peraciones del organismo.

“Para el cumplimiento de sus funciones, podrá desarrollar actividades de inteligencia y contrainteligencia sobre personas o enti- dades, para lo cual podrá recabar la colaboración precisa de entidades, organismos e instituciones públicas y privadas”, refiere el párrafo II del artículo 10 de la iniciativa.

Los miembros de la dirección serán de libre designación y separación, dominicanos, no podrán tener otra nacionalidad ni antecedentes penales. El personal será sometido cada seis meses a un régimen de pruebas entre las que se podrán incluir poligrafía, psicometría y antidopaje.

De igual modo, tendrán prohibido participar en actividades políticas, manifestaciones y cualquier otra de carácter de reivindicación, ya sea colectiva o individual.Posición del consultor.


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La labor que se supone corresponde a los organismos de inteligencia por haber capacitado a su personal para esos fines, ahora se la quieren pegar al ciudadano, con lo cual se pondrá en peligro la libertad y el derecho fundamental de cada ciudadano a no incriminarse y a respetar el secreto profesional establecidos en la constitución de la república, peor aun, harán Incursionar en esa labor a dirigentes pollitos para convertirlos en chivatos de opositores.

Por Lic. Leonardo Tavarez. (leonardo-tv@hotmail.com)

Santo Domingo.-El proyecto de ley que busca crear la Dirección Nacional de Inteligencia, obligará, bajo la pena de aplicar sanciones, a todas las dependencias del Estado, instituciones privadas y personas, a entregar las informaciones que ese organismo necesite para cumplir con sus funciones de salvaguardar la seguridad nacional.

En consecuencia, serían castigados con prisión correccional de seis meses a dos años, y una multa de 100 a 150 salarios mínimos vigentes, quienes se nieguen a entregar las informaciones a la Dirección de Inteligencia. La penalidad se aplicaría conforme al artículo 88 de la Ley 172-13 que tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros públicos, bancos de datos u otros medios técnicos de tratamiento de datos destinados a dar informes, sean estos públicos o privados.

Esa penalidad es un punto nuevo, puesto que hasta ahora las instituciones ofrecían las informaciones a modo de colaboración, pero no había sanciones en caso de no hacerlo.

La propuesta sometida al Congreso por el Poder Ejecutivo fue conocida en la agenda de este jueves en el Senado donde se dispuso su envío a comisiones.

La Dirección Nacional de Inteligencia tendrá las atribuciones de investigar cualquier acto que atente contra la Constitución y las instituciones del Estado, ponga en riesgo la seguridad nacional o trate de establecer una forma de gobierno contraría al ordena- miento constitucional. En este aspecto se amplía el artículo 1 de la actual Ley 587, que dice: “Este Departamento tendrá facultad para investigar cualquier acto cometido por personas, grupos o asociaciones, que atenten contra la Constitución y las leyes de la República, las instituciones del Estado o que traten de establecer una forma de gobierno totalitario”.

Además tiene la responsabilidad de proteger a las instituciones del Estado, los recursos e instalaciones estratégicas públicas y privadas de actos de penetración, infiltración, espionaje, sabotaje u otras activi- dades de inteligencia desarrolladas por personas, grupos, asociaciones, gobiernos extranjeros u organiza- ciones criminales armadas, entre otros.
El anteproyecto establece que serán de carácter confidenciales y estará prohibida la divulgación de las informaciones, planes y o-peraciones del organismo.

“Para el cumplimiento de sus funciones, podrá desarrollar actividades de inteligencia y contrainteligencia sobre personas o enti- dades, para lo cual podrá recabar la colaboración precisa de entidades, organismos e instituciones públicas y privadas”, refiere el párrafo II del artículo 10 de la iniciativa.

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