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¡Las encuestas quedan en pausa! JCE congela recursos hasta que el TSE tenga la última palabra

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Santo Domingo. La Junta Central Electoral (JCE) informó este lunes que decidió suspender el conocimiento de los recursos de reconsideración presentados contra el reglamento que regula el registro de firmas o empresas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral.

La medida permanecerá vigente hasta que el Tribunal Superior Electoral (TSE) emita una decisión sobre las acciones judiciales interpuestas contra dicha normativa.

JCE espera fallo del Tribunal Superior Electoral

La decisión fue adoptada durante la Sesión Administrativa Ordinaria del Pleno celebrada el 17 de junio de 2026, según consta en el acta número 05-2026, punto 14.

En el comunicado firmado por el presidente de la JCE, Román Jáquez Liranzo, se establece que los recursos quedarán sobreseídos mientras el TSE conoce las impugnaciones relacionadas con el reglamento.

De acuerdo con el organismo electoral, la suspensión busca evitar decisiones paralelas mientras el tribunal competente analiza la legalidad de la normativa.

¿Por qué se presentaron los recursos?

Uno de los recursos fue presentado el 28 de mayo de 2026 por Dany Alcántara, presidente de ACD Media, quien solicitó la reconsideración del reglamento al entender que varias de sus disposiciones vulneran la Constitución y exceden las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica del Régimen Electoral No. 20-23 y la Ley No. 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Participación Ciudadana también pidió cambios

El Pleno de la JCE también evaluó una solicitud presentada por Francisco Álvarez Valdez, coordinador general de Participación Ciudadana, quien pidió la revocación del artículo 13 y sus párrafos.

Según el documento, esa disposición prohíbe la realización de estudios de opinión fuera de los períodos de precampaña y campaña electoral, lo que, a su juicio, contradice lo establecido en el artículo 216, párrafo I, de la Ley No. 20-23.

Analizan la constitucionalidad del reglamento

La Junta Central Electoral informó además que tomó en consideración la comunicación DES-HMFG-312-2026, remitida el 16 de junio de 2026 por la miembro titular Hirayda Marcella Fernández Guzmán.

En dicho documento se presenta una opinión jurídica sobre la constitucionalidad del reglamento que regula el registro de empresas encuestadoras y la publicación de encuestas durante los procesos electorales.

El proceso queda en manos del TSE

Con esta decisión, la JCE deja en pausa el análisis de los recursos administrativos hasta que el Tribunal Superior Electoral emita un fallo definitivo sobre las acciones presentadas contra el reglamento.

La resolución del TSE será determinante para definir el futuro de la normativa que regula las encuestas electorales en la República Dominicana.


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La medida permanecerá vigente hasta que el Tribunal Superior Electoral (TSE) emita una decisión sobre las acciones judiciales interpuestas contra dicha normativa.

JCE espera fallo del Tribunal Superior Electoral

La decisión fue adoptada durante la Sesión Administrativa Ordinaria del Pleno celebrada el 17 de junio de 2026, según consta en el acta número 05-2026, punto 14.

En el comunicado firmado por el presidente de la JCE, Román Jáquez Liranzo, se establece que los recursos quedarán sobreseídos mientras el TSE conoce las impugnaciones relacionadas con el reglamento.

De acuerdo con el organismo electoral, la suspensión busca evitar decisiones paralelas mientras el tribunal competente analiza la legalidad de la normativa.

¿Por qué se presentaron los recursos?

Uno de los recursos fue presentado el 28 de mayo de 2026 por Dany Alcántara, presidente de ACD Media, quien solicitó la reconsideración del reglamento al entender que varias de sus disposiciones vulneran la Constitución y exceden las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica del Régimen Electoral No. 20-23 y la Ley No. 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

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El Pleno de la JCE también evaluó una solicitud presentada por Francisco Álvarez Valdez, coordinador general de Participación Ciudadana, quien pidió la revocación del artículo 13 y sus párrafos.

Según el documento, esa disposición prohíbe la realización de estudios de opinión fuera de los períodos de precampaña y campaña electoral, lo que, a su juicio, contradice lo establecido en el artículo 216, párrafo I, de la Ley No. 20-23.

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La Junta Central Electoral informó además que tomó en consideración la comunicación DES-HMFG-312-2026, remitida el 16 de junio de 2026 por la miembro titular Hirayda Marcella Fernández Guzmán.

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