Expediente Odebrecht
La decisión fue adoptada por las magistradas Tania H. Yunes Sánchez y Jissel Naranjo Tejada, en virtud de pedimento formulado por la defensa de Tommy Galán y se hizo extensiva a las defensas de Víctor Díaz Rúa y Andrés Bautista a unanimidad del tribunal, partiendo de que la elaboración de esos informes no siguió las instrucciones que establece la Ley 311-14, algo que el Ministerio Público sabía, de acuerdo con las juezas apoderadas del caso.
SANTO DOMINGO, República Dominicana. El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que juzga el expediente Odebrecht, declaró ilegales los informes de declaración jurada de bienes de cuatro encartados en el proceso, documentos que la Procuraduría Especializada para la Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) intentó incorporar como pruebas.
La decisión, tomada por mayoría de las juezas que integran el tribunal, partió de que los informes debieron ser emitidos por el ente competente para esos fines, que es la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, como establece la Ley 311-14, algo que no ocurrió.
El rechazo de esos documentos impacta en un punto neurálgico de la acusación, específicamente lo que concierne al supuesto enriquecimiento ilícito y a la presunta falsedad de declaraciones juradas de bienes, que quedan sin sustentos, explicaron las defensas técnicas de los imputados.
En ese contexto, los informes sobre las citadas declaraciones podían presentarse por un testigo para consumo personal o interno del Ministerio Público, “pero no para hacerlos valer ante el tribunal”, porque son ilegales y, por tanto, no constituyen pruebas admisibles, estableció el tribunal.
“En este caso, lo que se está discutiendo es que la obtención de esta prueba se hizo en forma irregular y que esta prueba, en su totalidad, es ilegal y eso el Ministerio Público lo sabe”, argumentó la magistrada Yunes, al explicar la decisión del tribunal con respecto al informe acerca de Tommy Galán; decisión que luego fue hecha extensiva -a unanimidad- por el tribunal en favor de Víctor Díaz Rúa, Andrés Bautista y Roberto Rodríguez.
Indicó que las pruebas sobre enriquecimiento ilícito -que es uno de los pilares en los que el Ministerio Público sustenta su acusación- deben ser recolectadas de forma específica, con lo cual no se cumplió el debido proceso previsto en la legislación.
Manifestó que, aunque la ley prevé que el informe debe emanar de la Cámara de Cuentas, el Ministerio Público llevó al tribunal sus propias conclusiones para tratar de probar su acusación de enriquecimiento ilícito, lo cual cae en la ilegalidad.
“En ese sentido, el voto de la mayoría es que ese documento debe excluirse del proceso”, sentenció el tribunal a través de la magistrada Yunes.
Los hechos ocurrieron -según queda probado en un video captado por Noticias SIN- en la audiencia del jueves 25 de febrero, el mismo día en que la PEPCA difundió una nota de prensa titulada: “Declaraciones juradas de imputados fueron incorporadas este jueves en juicio Odebrecht.”