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Parque en juicio: reducción de Jaragua desata batalla legal por tierras protegidas

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Santo Domingo, República Dominicana. – La reducción del Parque Nacional Jaragua, impulsada para facilitar el desarrollo del Polo Turístico de la Región Suroeste, ha generado un conflicto judicial de alto impacto entre el Estado dominicano y presuntos propietarios de terrenos dentro de esta área protegida, encendiendo las alarmas sobre el futuro ambiental de una de las zonas más valiosas del país.

El enfrentamiento legal podría abrir la puerta a la explotación comercial de espacios actualmente protegidos, incluyendo áreas de alto valor ecológico como Bahía de las Águilas.

El Polo Turístico fue creado mediante la Ley 266-04, promulgada por el entonces presidente Hipólito Mejía apenas cuatro días antes de concluir su mandato. Esta legislación estableció un amplio perímetro turístico que abarca las provincias de Barahona, Pedernales, Independencia y Bahoruco.

La normativa incluye toda la franja costera desde la bahía de Neiba hasta la frontera con Haití, en la desembocadura del río Pedernales, cubriendo el litoral marino del Parque Nacional Jaragua y zonas estratégicas del suroeste dominicano.

Reclamos de propiedad dentro del parque

Amparada en la Ley 266-04, la empresa Inversiones del Sur interpuso un recurso ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) reclamando derechos de propiedad sobre terrenos ubicados dentro del parque nacional.

La compañía presentó cuatro títulos que, en conjunto, abarcan una superficie de 12,577,201.82 metros cuadrados, argumentando su intención de “ofrecer libremente en el comercio sus inmuebles beneficiados por la ley”.

El TSA acogió la solicitud y ordenó al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales actualizar el Catastro Nacional de Áreas Protegidas de la Región Sur, lo que implicaría una modificación de los límites del parque y la exclusión de la franja marítima para fines empresariales.

Denuncias y antecedentes históricos

El gerente de Inversiones del Sur, Ricardo Alfredo Gadala-María Nasser, es sucesor de Elías Gadala-María, cuyas propiedades fueron expropiadas tras la caída de la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo, bajo acusaciones de haber actuado como testaferro del régimen. Estos procesos dieron origen a prolongados litigios judiciales.

El ambientalista Luis Carvajal denunció que la sentencia emitida en 2025 representa un nuevo intento de la familia Gadala-María Nasser de apropiarse de tierras públicas dentro de áreas protegidas, lo que califica como un despojo ambiental encubierto.

Respuesta del Estado y alerta ambiental

El Ministerio de Medio Ambiente anunció que apelará la decisión, advirtiendo que este precedente pone en riesgo la integridad del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP).

Los abogados de la institución sostienen que cualquier modificación de los límites de un parque nacional requiere una ley orgánica aprobada por las dos terceras partes del Congreso Nacional, conforme a la reforma constitucional de 2010.

El exministro de Medio Ambiente, Francisco Domínguez Brito, calificó el fallo como una “sentencia temeraria”, alertando que podría legitimar antiguas reclamaciones irregulares y debilitar gravemente el sistema de conservación ambiental.

Temor a una judicialización masiva

La Coalición para la Defensa de las Áreas Protegidas expresó su profunda preocupación por la sentencia, advirtiendo que esta interpretación del TSA podría abrir la puerta a una judicialización masiva del SINAP, generando inseguridad jurídica y exponiendo ecosistemas estratégicos a presiones económicas e intereses particulares.

En un comunicado, la coalición alertó que, de confirmarse el fallo, omisiones administrativas podrían prevalecer sobre áreas protegidas creadas por ley, poniendo en riesgo el patrimonio natural de la República Dominicana.


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El enfrentamiento legal podría abrir la puerta a la explotación comercial de espacios actualmente protegidos, incluyendo áreas de alto valor ecológico como Bahía de las Águilas.

El Polo Turístico fue creado mediante la Ley 266-04, promulgada por el entonces presidente Hipólito Mejía apenas cuatro días antes de concluir su mandato. Esta legislación estableció un amplio perímetro turístico que abarca las provincias de Barahona, Pedernales, Independencia y Bahoruco.

La normativa incluye toda la franja costera desde la bahía de Neiba hasta la frontera con Haití, en la desembocadura del río Pedernales, cubriendo el litoral marino del Parque Nacional Jaragua y zonas estratégicas del suroeste dominicano.

Reclamos de propiedad dentro del parque

Amparada en la Ley 266-04, la empresa Inversiones del Sur interpuso un recurso ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) reclamando derechos de propiedad sobre terrenos ubicados dentro del parque nacional.

La compañía presentó cuatro títulos que, en conjunto, abarcan una superficie de 12,577,201.82 metros cuadrados, argumentando su intención de “ofrecer libremente en el comercio sus inmuebles beneficiados por la ley”.

El TSA acogió la solicitud y ordenó al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales actualizar el Catastro Nacional de Áreas Protegidas de la Región Sur, lo que implicaría una modificación de los límites del parque y la exclusión de la franja marítima para fines empresariales.

Denuncias y antecedentes históricos

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