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                                   Abogada acusa a funcionarios judiciales de PP de secuestrar documentos

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El Correo. SANTIAGO.- La abogada Crystabell Alexa Finke Clark, apoderada de la demanda de una parte de la repartición de los bienes sucesorales del fallecido doctor Carlos Manuel Finke González, de Puerto Plata, denuncia que tanto la Secretaría de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de esa jurisdicción, como la jueza de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia, no le entregan copias de una serie de documentos exigidos por ella.

Dijo que desde el 2022 se enfrenta a la negativa de autoridades judiciales de Puerto Plata, que se niegan a darle respuestas positivas a sus continuas solicitudes de un conjunto de documentos, relacionados con el caso citado.

La licenciada Finke Clark manifestó que hizo solicitudes para la entrega de   certificaciones del Expediente 2022-0126761, en el cual se hace los detalles del cuerpo del presente acto.

Finke Clark exige una respuesta sobre bajo qué Ley, ordenanza o criterio, se ampara esa Sala judicial para no entregar una certificación de documentos depositados por una de las partes, en ocasión de la demanda en la partición de bienes sucesorales del Dr. Carlos Manuel Finke González.

Observó que no hubo oposición alguna a los mismos, ya que avalan derechos de bienes inmuebles sobre los cuales la requirente posee heredad, por lo que en modo alguno la Secretaría ni la Magistrada Adriana Vásquez Jueza de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial, pueden restringir, ocultar, secuestrar, circunscribir, limitar y reducir, derechos de lo exigido.

“Los bienes inmuebles son partes del patrimonio que estamos requiriendo”, agregó.

Dijo que esa Sala, como la Secretaría, están supuestamente constituidas en centinelas, secuestradoras y cómplices del ocultamiento de esos documentos, con el propósito de que se efectúe una disipación de bienes con complicidad judicial, lo que constituye una denegación de justicia o abuso de poder.

“Lo anteriormente expuesto, está muy lejos del objetivo para lo que fueron creadas, ya que se han convertidos en el epicentro de las injusticias, arbitrariedades, desafueros y discriminación, en los casos de la denunciante, y el descrédito hecho tribunal”, agregó la abogada de Puerto Plata.

Aseguró que el retardo injustificado y la omisión de dicha entrega, constituyen una violación a los principios fundamentales del debido proceso, denegación de justicia y legalidad establecidos por la Constitución de la República Dominicana, así como una actuación presuntamente fuera del marco del derecho, susceptible de sanción administrativa, civil y penal.

En consecuencia, la abogada Crystabell Alexa Finke Clark, pondrá formalmente en mora a la licenciada Carmen Martínez Durán, secretaria de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, y a la magistrada Adriana Vásquez, Jueza de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del mismo Distrito Judicial, para todos los efectos legales conforme a la Ley

Se reserva el ejercicio de todas las acciones judiciales que considere pertinentes, incluyendo, si fuere necesario, la presentación de una querella penal por obstrucción de justicia y abuso de poder.

Recordó que los documentos relativos al expediente No. 2022-0126761, solicitados mediante varias instancias, están siendo pedidas a la Secretaría de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, por la Licda. a través de comunicaciones.

Declaró que sus continuas solicitudes se basan en obtener documentos depositados por la otra parte y que avalan bienes inmuebles sin certificado de título.

“Es decir, sin saneamiento, los cuales sólo los tienen los depositantes y la secretaria citada”, argumentó.

“He pedido, desde el 2022, múltiples certificaciones, lo que hasta la fecha ha sido imposible, alegando la secretaria una serie de excusas, tales como que el expediente se encuentra en Santo Domingo, que la secretaria tiene fe pública, entregando certificaciones incompletas o no contestando las mismas”, declaró.

También dijo que con el propósito de obtener justicia, parar el abuso, la arbitrariedad, el desafuero y la discriminación, le dirigió una instancia al presidente de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata, Magistrado Juan Suardi, la cual no fue si quiera respondida por el incumbente.

La profesional del Derecho dijo que también interpuso un formal recurso de recusación contra la jueza de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, Magistrada Adriana Vásquez, la cual fue rechazada por los magistrados Juan Suardi, Miguelina Beard y Manuel Ureña Martínez.

Precisó que solicitó una declinatoria del caso por sospecha legítima ante la Suprema Corte de Justicia, por el trato recibido en la Secretaria de Primera Instancia y por ambos jueces, de ese mismo Distrito Judicial, “Ésta fue conocida por el magistrado Samuel Arias, quien tiene una relación muy cercana a mi familia, por lo cual debió inhibirse y no hizo.

Explicó que en esa declinatoria se aportó un acto de comprobación detallando el ocultamiento por parte de la secretaria antes mencionada y varias instancias no respondidas y éste no fue ni ponderado por los jueces

 


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Dijo que desde el 2022 se enfrenta a la negativa de autoridades judiciales de Puerto Plata, que se niegan a darle respuestas positivas a sus continuas solicitudes de un conjunto de documentos, relacionados con el caso citado.

La licenciada Finke Clark manifestó que hizo solicitudes para la entrega de   certificaciones del Expediente 2022-0126761, en el cual se hace los detalles del cuerpo del presente acto.

Finke Clark exige una respuesta sobre bajo qué Ley, ordenanza o criterio, se ampara esa Sala judicial para no entregar una certificación de documentos depositados por una de las partes, en ocasión de la demanda en la partición de bienes sucesorales del Dr. Carlos Manuel Finke González.

Observó que no hubo oposición alguna a los mismos, ya que avalan derechos de bienes inmuebles sobre los cuales la requirente posee heredad, por lo que en modo alguno la Secretaría ni la Magistrada Adriana Vásquez Jueza de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial, pueden restringir, ocultar, secuestrar, circunscribir, limitar y reducir, derechos de lo exigido.

“Los bienes inmuebles son partes del patrimonio que estamos requiriendo”, agregó.

Dijo que esa Sala, como la Secretaría, están supuestamente constituidas en centinelas, secuestradoras y cómplices del ocultamiento de esos documentos, con el propósito de que se efectúe una disipación de bienes con complicidad judicial, lo que constituye una denegación de justicia o abuso de poder.

“Lo anteriormente expuesto, está muy lejos del objetivo para lo que fueron creadas, ya que se han convertidos en el epicentro de las injusticias, arbitrariedades, desafueros y discriminación, en los casos de la denunciante, y el descrédito hecho tribunal”, agregó la abogada de Puerto Plata.

Aseguró que el retardo injustificado y la omisión de dicha entrega, constituyen una violación a los principios fundamentales del debido proceso, denegación de justicia y legalidad establecidos por la Constitución de la República Dominicana, así como una actuación presuntamente fuera del marco del derecho, susceptible de sanción administrativa, civil y penal.

En consecuencia, la abogada Crystabell Alexa Finke Clark, pondrá formalmente en mora a la licenciada Carmen Martínez Durán, secretaria de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, y a la magistrada Adriana Vásquez, Jueza de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del mismo Distrito Judicial, para todos los efectos legales conforme a la Ley

Se reserva el ejercicio de todas las acciones judiciales que considere pertinentes, incluyendo, si fuere necesario, la presentación de una querella penal por obstrucción de justicia y abuso de poder.

Recordó que los documentos relativos al expediente No. 2022-0126761, solicitados mediante varias instancias, están siendo pedidas a la Secretaría de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, por la Licda. a través de comunicaciones.

Declaró que sus continuas solicitudes se basan en obtener documentos depositados por la otra parte y que avalan bienes inmuebles sin certificado de título.

“Es decir, sin saneamiento, los cuales sólo los tienen los depositantes y la secretaria citada”, argumentó.

“He pedido, desde el 2022, múltiples certificaciones, lo que hasta la fecha ha sido imposible, alegando la secretaria una serie de excusas, tales como que el expediente se encuentra en Santo Domingo, que la secretaria tiene fe pública, entregando certificaciones incompletas o no contestando las mismas”, declaró.

También dijo que con el propósito de obtener justicia, parar el abuso, la arbitrariedad, el desafuero y la discriminación, le dirigió una instancia al presidente de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata, Magistrado Juan Suardi, la cual no fue si quiera respondida por el incumbente.

La profesional del Derecho dijo que también interpuso un formal recurso de recusación contra la jueza de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, Magistrada Adriana Vásquez, la cual fue rechazada por los magistrados Juan Suardi, Miguelina Beard y Manuel Ureña Martínez.

Precisó que solicitó una declinatoria del caso por sospecha legítima ante la Suprema Corte de Justicia, por el trato recibido en la Secretaria de Primera Instancia y por ambos jueces, de ese mismo Distrito Judicial, “Ésta fue conocida por el magistrado Samuel Arias, quien tiene una relación muy cercana a mi familia, por lo cual debió inhibirse y no hizo.

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